Las conferencias marítimas frente al derecho de la competencia europeo
- ORTIZ BLANCO, LUIS
- Alberto Bercovitz Rodríguez-Cano Director
Defence university: Universidad Complutense de Madrid
Fecha de defensa: 29 September 2004
- José María Gondra Romero Chair
- Carmen Alonso Ledesma Secretary
- Adolfo Juan Aurioles Martín Committee member
- Alberto Alonso Ureba Committee member
- Andrés Juan Recalde Castells Committee member
Type: Thesis
Abstract
Las conferencias marítimas son los carteles industriales más viejos que existen en la actualidad. Creadas a partir de 1875 por las navieras de línea regular, han gozado del beneplácito generalizado de los Gobiernos de todo el mundo. En la Unión Europea, el Reglamento (CEE) nº 4056/86 del Consejo, de 22 de diciembre, les concedió la exención por categorías (autorización colectiva) más generosa que nunca se haya adoptado en la legislación de competencia comunitaria, con carácter indefinido. Esta exención por categorías se encuentra actualmente en proceso de revisión. Mientras que las navieras defienden el statu quo, y los usuarios del transporte piden la desparación de las conferencias, la Comisión Europea parece dispuesta a revocar la exención o cuando menos limitar drásticamente los poderes de las conferencias. Los debates se centran sí, de acuerdo con las normas de competencia comunitarias, y en particular el artículo 81.3 del Tratado CE, las conferencias son merecedoras del tratamiento excepcional en Derecho de la competencia que les permite fijar precios y repartir los mercados de línea, prácticas radicalmente prohibidas por el Derecho antitrust en otras industrias. En su primer capítulo, esta tesis estudia los orígenes de estos cárteles marítimos y del Reglamento 4056/86, así como el contenido general de éste. El segundo capítulo examina en detalle las disposiciones relativas a la exención por categorías de las conferencias. Los capítulos restantes examinan si las conferencias cumplen las condiciones de base de la autorización de acuerdos restrictivos de la competencia en Derecho comunitario. El tercer capítulo se centra en cómo las conferencias contribuyen al desarrollo técnico o económico, en particular proporcionando estabilidad a los fetes cómo los usuarios del transporte marítimo regular se benefician equitativamente de las ventajas económicas de las conferencias; y cómo todas la...