Delimitación de los espacios públicos en Pompeya
- RAPOSO GUTIERREZ, NOEMI
- José María Luzón Nogué Director/a
- José María de Francisco Olmos Director/a
Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid
Fecha de defensa: 26 de junio de 2017
- Fabiola Salcedo Garcés Presidente/a
- Jorge García Sánchez Secretario/a
- Irene Mañas Romero Vocal
- Macarena de los Santos Bustamante Álvarez Vocal
- Massimo Osanna Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
Esta Tesis doctoral se centra en el estudio de la delimitación de los espacios públicos en la ciudad romana de Pompeya para conocer la organización de los distintos espacios tanto dentro como fuera de la ciudad. Pompeya es una ciudad que nos brinda la posibilidad de realizar un estudio de esta índole, ya que es considerada una cápsula del tiempo y podemos ver en ella el ejemplo más claro de cómo se organizaba urbanísticamente una ciudad romana en el siglo I d.C. Cuando hacemos referencia a espacios públicos no sólo nos referimos a las plazas y vías públicas, a las partes que las componen, como las aceras, y a los elementos de servicios públicos, como las fuentes públicas y las torres de agua, sino también a otros espacios de la ciudad que aunque no siempre tuviesen una función pública propiamente dicha, son lugares que se utilizaban públicamente por los ciudadanos. Estos espacios son los templos y los compita que encontramos repartidos a lo largo de las distintas calles de la ciudad, son considerados res sacrae; los espacios de ocio como los teatros, anfiteatros o palestras, que son res publicae in publico uso o res universitatis; la muralla y las puertas que rodeaban la ciudad que son considerados res sanctae; y finalmente, los espacios destinados a las sepulturas donde se enterraban los individuos que son los res religiosa. Para analizar la delimitación de todos estos espacios se ha llevado a cabo un estudio de los bloques irregulares de piedra denominados termini, que los delimitan. Estos termini estaban fuertemente protegidos por la legislación, por un derecho consuetudinario y por preceptos religiosos. Por ello, a todo aquel que osara mover o sobrepasar dichos termini con la construcción de edificios se le impondría una sanción por parte de la ciudad e incluso en algunos casos por parte del emperador. Ejemplos de estas sanciones las podemos observar en Pompeya con la intervención del tribuno militar Titus Suedius Clemens, que fue enviado a la ciudad con potestad tribunicia por parte del emperador para restituir a la ciudad los lugares públicos usurpados por los ciudadanos. El estudio de la legislación ha sido clave para analizar la delimitación de estos espacios y sus posibles invasiones. A través de los textos legislativos hemos averiguado cuál era la norma que debía seguir una ciudad romana en la delimitación de sus distintos espacios y hemos comprobado si la ciudad de Pompeya cumplía con rigor la normativa urbanística. A lo largo de las vías de Pompeya hemos observado cómo algunos particulares invadían los espacios públicos introduciendo parte de las fachadas de sus edificios en las aceras, infringiendo así las normas urbanas. En otros casos, construían escalones en las entradas de sus viviendas, lo que facilitaba el acceso a sus residencias, pero quebrantaba la norma urbana de la delimitación de los espacios. No sólo los particulares invadían los espacios públicos, el gobierno municipal también llevó a cabo esta práctica ocupando suelo público para construir elementos de servicio como fuentes o torres de agua. La invasión de las aceras, fuera por parte de particulares o de la administración municipal, impedía el tránsito de los peatones por ellas. Finalmente, hemos observado como algunas de estas usurpaciones de los espacios públicos contaban con permiso de los decuriones de la ciudad. Éste era el caso de algunos monumentos funerarios localizados junto a la muralla de la ciudad o algunas estatuas honorarias situadas en distintas plazas públicas.