El derecho a la tutela judicial efectiva ante la inactividad administrativa

  1. GUILLEN PEREZ M. EUGENIA
Dirigida por:
  1. Nicolás González-Cuéllar Serrano Director/a

Universidad de defensa: Universidad Carlos III de Madrid

Año de defensa: 1997

Tribunal:
  1. Alfonso Luciano J. Parejo Presidente/a
  2. José Garberí Llobregat Secretario/a
  3. Víctor Moreno Catena Vocal
  4. José Vicente Gimeno Sendra Vocal
  5. Jose de los Santos Martín Ostos Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 63244 DIALNET

Resumen

EL TRABAJO ABORDA LA NUEVA REGULACION DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO EN LA LEY 30/1992, DE REGIMEN JURIDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMUN, ANALIZANDO, PRINCIPALMENTE, DESDE LA OPTICA DEL DERECHO PROCESAL.LA TECNICA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO ES UN INSTRUMENTO PROCESAL CLAVE EN LA PROTECCION DE LOS DERECHO DE LOS CIUDADANOS A TRAVES DEL CONTROL JURISDICCIONAL EN LOS SUPUESTOS DE INACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACION.EL ORDENAMIENTO JURIDICO ESPAÑOL, EL CONTROL JURISDICCIONAL DE LA ACTIVIDAD FORMAL DE LA ADMINISTRACION APARECE CONDICIONADO A LA EXISTENCIA NECESARIA DE UN ACTO ADMINISTRATIVO, EXPRESO O PRESUNTO, QUE AGOTE LA VIA ADMINISTRATIVA PREVIA A LA JURISDICCIONAL, POR UN LADO, Y AL CUMPLIMIENTO DE UNA SERIE DE REQUISITOS LEGALES PARA QUE EL ACTO FICTICIO, NACIDO AL AMPARO DE LA TECNICA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO, SEA EFICAZ.SE TRATAN AMPLIAMENTE LOS ANTECEDENTES Y LA EVOLUCION DE LA FIGURA JURIDICA EN LOS DOS ULTIMOS SIGLOS. LA AUTORA SE DETIENE EN LA REGULACION DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO TRAS LA PROMULGACION DE LA CONSTITUCION (QUE CONTEMPLA EN SUS ARTICULOS 24.1 Y 106.1). ANALIZA EL ALCANCE, EL CONTENIDO, LOS PLAZOS Y LOS LIMITES LEGALES. POSTERIORMENTE, REALIZA UN EXTENSO ANALISIS DE LA LEY 30/1992, DEDICANDO DOS CAPITULOS A LAS NOVEDADES QUE INCLUYE: LA CADUCIDAD DE LA NORMA Y LA CERTIFICACION DEL ACTO PRESUNTO. FINALMENTE, SE REALIZA UN ANALISIS DEL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN LOS SIGUIENTES ASPECTOS: PLAZOS, "ESCRITO DE INTERPOSICION", EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO, LA ACUMULACION Y LAS CAUSAS DE LA INADMISIBILIDAD. LA AUTORA ABOGA POR UNA CLASIFICACION DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO A LA LUZ DEL DERECHO DE LA TUTELA JUDICIAL (ART. 24 CE) Y POR LA APLICACION PARA ESTA FIGURA DE LOS PLAZOS GENERALES DE CADUCIDAD Y PRECRIPCION ESTABLECIDOS EN EL DERECHO MATERIAL. EL TRABAJO SE ACOMPAÑA POR UNA AMPLIA REFERENCIA BIBLIOGRAFICA Y NORMATIVA.