La confesión del imputado y prueba ilícita en Costa Rica
- ARMIJO SANCHO GILBERT ANTONIO
- Nicolás González-Cuéllar Serrano Director/a
Universidad de defensa: Universidad Carlos III de Madrid
Año de defensa: 1997
- Víctor Moreno Catena Presidente/a
- Juan Damián Moreno Secretario/a
- José Garberí Llobregat Vocal
- José Vicente Gimeno Sendra Vocal
- José María Asencio Mellado Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
LA PRESENTE INVESTIGACION ANALIZA EN CONCRETO LA CONFESION ILICITA DEL IMPUTADO EN EL PROCESO PENAL COSTARRICENSE. PARA ELLO, EL AUTOR UTILIZA LA DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA ESPAÑOLA, ALEMANA E ITALIANA. SE PRETENDE DAR SOLUCIONES A DESVIACIONES CONCRETAS QUE EL ORDENAMIENTO CONSTARRICENSE DE MANERA LARVADA PERMITE, TOLERA O FOMENTA; EN ESPECIAL COMO INGRESA EL PROCESO, LA CONFESION COACTIVA DEL IMPUTADO. EL VALOR PROBATORIO ANTE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS Y EL CONFLICTO QUE SE PRESENTA AL SER CUSTIONADO ESTE PROCEDIMIENTO INFORMAL POR LA SALA DE LO PENAL Y EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. EL AUTOR HA REALIZADO ENFASIS EN LA REALIDAD Y LA JURISPRUDENCIA PARA, POSTERIORMENTE, DAR ALGUNAS OPCIONES DE SOLUCION AL PROBLEMA PLANTEADO. ESTAS SOLUCIONES CONSISTEN EN ELIMINAR LA POSIBILIDAD DE QUE EL IMPUTADO SEA INDAGADO EN SEDE POLICIAL (ARTICULO 164 INC S.C.P.P.) Y TAMBIEN MODIFICAR EL ARTICULO 275 C.P.P. QUE PERMITE LA DECLARACION DEL IMPUTADO SIN LA PRESENCIA DEL DEFENSOR. OTRAS REFORMAS SERIA LA DEL ARTICULO 255 C.P.P., QUE PERMITE LA INCORPORACION AL DEBATE DE LA CONFESION DEL IMPUTADO EN SEDE POLICIAL, AL INCORPORAR POR LECTURA EL INFORME POLICIAL. EL AUTOR PIENSA QUE SI ESTAS REFORMAS NO SE LLEVAN A LA PRACTICA, EL PROBLEMA SUBSISTIRA. EN ESTE CASO, LO MAS ADECUADO ES TRATAR DE DARLE AL STATUS DEL "IMPUTADO" DESDE QUE ES SEÑALADO COMO SOSPECHOSO EN LA SEDE JUDICIAL. EL TRABAJO SE ACOMPAÑA DE BIBLIOGRAFIA.