El defensor del pueblo europeo como figura jurídica singular y su configuración especial como fruto de la tradición continental
- CARMONA CHOUSSAT JUAN FRANCISCO
- Miguel Martínez Cuadrado Director
Defence university: Universidad Complutense de Madrid
Year of defence: 1998
- José Antonio Escudero López Chair
- M. Isabel López Díaz Secretary
- Juan Ramón Fernández Torres Committee member
- Enrique Álvarez Conde Committee member
- Enrique Arnaldo Alcubilla Committee member
Type: Thesis
Abstract
El Defensor del Pueblo Europeo es la respuesta a los afanes democratizadores y de acercamiento al ciudadano europeo que tienen su primera formulación en el Tratado de Maastricht. Se trata de probar que el Defensor del Pueblo Europeo (DPE) no es la simple extrapolación de las figuras similares existentes en los Estados miembros con los nombres de ombudsman, médiateur o comisionado parlamentario. Para ello se analiza la vertiente histórica, en el Capítulo primero, haciendo mención incluso a instituciones propias del Derecho Romano como el Tribuno de la Plebe. El Capítulo segundo se dedica al Derecho comparado estudiándose las figuras similares existentes en los Estados miembros de la Unión Europea. Los Capítulos tercero, cuarto y quinto se dedican al análisis de otros elementos generales que, desde un punto de vista previo a la instauración del DPE en el Tratado de la Unión explican el proceso que hizo posible el establecimiento de este particular Defensor del Pueblo y resaltan sus primeras peculiaridades en relación con los de los Estados nacionales. Los Capítulos sexto, séptimo, octavo y noveno constituyen la segunda parte de la tesis; la que se encarga de ir estudiando cada uno de los elementos técnicos que configuran al DPE y que lo diferencian de los órganos nacionales con los que guarda parecido. Se analizan así las funciones del DPE y su relación con la Comisión de peticiones del Parlamento Europeo, los conceptos clave que definen la figura, su procedimiento de actuación y mecanismos de cooperación y la estructura de la oficina de apoyo a los trabajos del DPE. El Capítulo décimo se reserva para las conclusiones que, recogiendo los elementos fundamentales de los capítulos anteriores, justifican la concepción que se defiende: la de un DPE con unas características tales que lo distinguen de instituciones similares establecidas en los Estados nacionales. Se completa la tesis, además de con la