El sistema jurídico ático clásico y diez tesis heterodoxas

  1. PALAO HERRERO JUAN FRANCISCO
Dirixida por:
  1. Antonio Fernández de Buján Fernández Director

Universidade de defensa: Universidad Pontificia Comillas

Fecha de defensa: 27 de setembro de 2005

Tribunal:
  1. Antonio Ortega Carrillo de Albornoz Presidente/a
  2. Joaquín Almoguera Carreres Secretario/a
  3. Federico Fernández de Buján Vogal
  4. Valentín Cortés Domínguez Vogal
  5. Juan Manuel Blanch Nougués Vogal

Tipo: Tese

Teseo: 128412 DIALNET

Resumo

EL SISTEMA JURÍDICO ÁTICO CLÁSICO Y DIEZ TESIS HETERODOXAS RESUMEN: Se exponen, primeramente, los conocimientos actuales sobre el sistema jurídico clásico ateniense, relatados en orden cronológico, y en relación con los acontecimientos históricos coetáneos. Después, se formulan sendas proposiciones sobre diez temas de importancia relevante para el conocimiento del sistema citado, sobre los que se han expresado, tradicionalmente, opiniones contrapuestas. Esas proposiciones del autor, que, generalmente, no coinciden con la opinión más seguida, se analizan, una a una, mediante el método de probabilidad histórica. La aplicación de la norma positiva. La ciencia en todos aquellos conocimientos que son verificables o falsables mediante un método científico como es el método de probabilidad histórica. En este último campo, que es el que ofrece la base científica, los conocimientos jurídicos son científicos en cuanto son históricos, sociológicos, económicos, etc., etc., y en cuanto vinculan la norma con su efecto, conjunto inseparable para definir lo que el derecho es. Partiendo de ello, la tesis pretende exponer, en primer lugar, una parte del derecho clásico que es generalmente desconocida por el erudito español del derecho y es el derecho ateniense clásico, fruto arquetípico de la cultura social ateniense, paradigma del orden jurídico liberal y modo de inspiración de un modo de vida clásico por contraposición a la cultura faústica. Para ello, la primera parte de la tesis consiste en un status quaestionis que incorpora dos tipo de innovaciones: a) Una exposición histórica, en el sentido de que el derecho se expone con un criterio cronológico. b) En segundo, lugar porque se efectúa la exposición del sistema jurídico relacionándolo con los episodios históricos coetáneos, mediante una breve noticia histórica de cada uno de los periodos examinados, puesto que la ciencia jurídica no puede