El derecho a la intimidad ante las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación
- Sendra Galán, Jaime
- Rafael Junquera de Estéfani Director
Universitat de defensa: UNED. Universidad Nacional de Educación a Distancia
Fecha de defensa: 07 de de novembre de 2011
- Benito de Castro Cid President/a
- Ana María Marcos del Cano Secretària
- Ignacio Ara Pinilla Vocal
- Francisco Javier Ansuátegui Roig Vocal
- Ramón Luis Soriano Díaz Vocal
Tipus: Tesi
Resum
Las nuevas tecnologías forman parte de nuestra sociedad, es más son ella misma. Internet, como paradigma y enlace entre aquellas, lo alcanza todo. Lejos de su antaño carácter militar y secreto, Internet, conecta a todas las personas y facilita servicios e información de cualquier tipo, a cualquier hora y con acceso libre. Esta herramienta constituye, en definitiva, la clave de la globalización. Las nuevas tecnologías suelen estar además respaldadas por el discurso de la modernidad y el progreso. Bajo este paraguas, los ciudadanos, consumidores, no parecen mantener un espíritu crítico ante este medio de tan fácil acceso, por lo que rápidamente las nuevas aplicaciones se convierten en un producto de masas. Pero, ¿Las nuevas tecnologías son realmente neutrales? ¿Son democráticas? ¿Qué consecuencias, qué repercusiones pueden tener por ejemplo, en orden a nuestros derechos fundamentales, actos tan cotidianos como introducir datos personales o aceptar políticas de privacidad? Quizás los ciudadanos no son conscientes de las enormes consecuencias, del transfondo de sus "actos informáticos cotidianos" y así, cualquier nuevo desarrollo se asume y celebra como un avance, obviando la reflexión crucial de si el derecho a la intimidad cabe en este mundo actual tal y como se ha entendido hasta ahora. Ante los nuevos retos que estas modernas tecnologías plantean, cabe preguntarse si los mecanismos jurídicos tradicionales son suficientes para mantener el mismo estatus de protección de este derecho o es necesario adecuar las herramientas legales y jurisdiccionales a la nueva realidad. En definitiva, si la revolución digital ha modificado las condiciones y el contexto en el que se ejerce uno de los derechos más esenciales de la persona, como es el derecho a la intimidad, apareciendo nuevas formas de vulneración del mismo. Las consecuencias resultan a nuestro juicio indiscutibles: Es primordial actualizar tanto su contenido como los mecanismos de garantías para hacer valer este derecho fundamental frente a cualquier nueva tecnología que lo vulnere. Dada esta nueva e interesante realidad, el contenido del estudio "El derecho a la intimidad frente a las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación " se desarrolla en tormo a cinco capítulos: El primero, supone una presentación de la situación en que se presenta nuestra sociedad frente a las nuevas tecnologías, haciendo hincapié en cómo su presencia ha revolucionado el modo de vivir cotidiano para todos los ciudadanos. En el segundo capítulo, que constituye el núcleo de la exposición, se revisa la evolución del concepto de intimidad desde su aparición hasta la actualidad, así como las diferentes percepciones filosóficas y la aportación jurisprudencial en torno a este derecho. El tercero, aborda el tema relativo al Estado Constitucional ante los retos de la nueva tecnología, describiéndose los principales pilares del Estado de Derecho y su debilidad ante el nuevo marco global. Por último, en el cuarto y quinto capítulo, se revisa la situación en que se encuentra la protección del derecho a la intimidad en España y en Europa respectivamente. Como conclusión indicar que la aportación original de este trabajo consiste en evidenciar tanto la volatibilidad de nuestros más diversos datos por la infinidad de aplicaciones y herramientas tecnológicas que progresivamente se incorporan con total normalidad a nuestro quehacer cotidiano, como las consecuencias, que en orden a nuestro más elemental derecho a la intimidad suponen estas nuevas prácticas. Evidenciar también, la necesidad de educar a la ciudadanía en una nueva consciencia sobre la afección de dichas tecnologías a este derecho; y finalmente, poner de manifiesto la insuficiencia de los mecanismos legales y judiciales actualmente vigentes en los Estados de Derecho frente a estos nuevos ataques, que precisan de una urgente actualización acorde a las necesidades de los tiempos y de los titulares actuales.