Los programas de actuación urbanísticaespecial análisis de los programas de actuación urbanizadora en la ley de ordenación del territorio y de la actividad urbanística de Castilla-La Mancha

  1. Santos Oñate, Jesús
Dirigida por:
  1. Ramón Pais Rodríguez Director

Universidad de defensa: UNED. Universidad Nacional de Educación a Distancia

Fecha de defensa: 05 de octubre de 2005

Tribunal:
  1. José Eugenio Soriano García Presidente/a
  2. Marta Lora-Tamayo Vallvé Secretaria
  3. Ricardo Santos Díez Vocal
  4. Enrique Sánchez Goyanes Vocal
  5. Julio Castelao Rodríguez Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 128250 DIALNET

Resumen

El presente trabajo pretende llevar a cabo un análisis de los Programas de Actuación Urbanística, como antecedente de los Programas de Actuación Urbanizadora, regulados en la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha. Este análisis no es tanto de su regulación en el Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1976, vigente tras la anulación por vicio de inconstitucionalidad de gran parte del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1992, llevado a cabo por la Sentencia del Tribunal Constitucional 61/1997, de 20 de marzo, como de las razones a las que respondía la aparición de ese tipo de programación y de los problemas que pretendía solucionar y que podría haber solucionado. Posteriormente, se lleva a cabo un sencillo análisis de la regulación de actividad urbanística de gestión en las 17 Comunidades Autónomas que integran nuestra organización territorial. Este análisis se centra en el hecho de si podemos encontrar en alguna de las legislaciones autonómicas los Programas de Actuación Urbanística o no, tal y como se encuentran regulados por el Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1976; o si existe algún instrumento urbanístico análogo o equivalente, creado por las propias legislaciones autonómica, como requisito previo a las actuaciones en suelo urbanizable, y cuya aprobación constituya condición sine quae non para la incorporación de esta clase de suelo al proceso urbanizador. Posteriormente, se procede a realizar un exhaustivo análisis de los Programas de Actuación Urbanizadora, regulados por la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha. Se analizan, fundamentalmente, los Programas de Actuación Urbanizadora gestionados indirectamente.