Derechos de la personalidad del menorEspecial referencia al derecho a la vida, a la identificación, al nombre, al derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen

  1. La Calle González-Haba, María Dolores
unter der Leitung von:
  1. María Dolores Díaz-Ambrona Bardají Doktorvater/Doktormutter

Universität der Verteidigung: UNED. Universidad Nacional de Educación a Distancia

Fecha de defensa: 19 von Dezember von 2000

Gericht:
  1. Antonio Hernández-Gil Álvarez-Cienfuegos Präsident/in
  2. Lourdes Tejedor Muñoz Sekretärin
  3. Fernando Herrero-Tejedor Algar Vocal
  4. Manuel Cuadrado Iglesias Vocal
  5. Francisco Vicente Bonet Bonet Vocal

Art: Dissertation

Teseo: 85329 DIALNET

Zusammenfassung

El trabajo comienza abordando el concepto de menor y los antecedentes históricos de sus derechos, para llegar a la conclusión de que estos derechos en un principio eran desconocidos y es en el siglo XX cuando estos son trascendentes desde el punto de vista legislativo. El principal fundamento de los derechos del menor es que el menor es también persona, siendo la indefensión que provoca la falta de desarrollo que acompaña a la minoria de edad y que afecta tanto a la esfera física, psiquica e intelectual, el rasgo que hace más especial al tratamiento de los derechos del menor. Como el titulo indica, la tesis, abordada solo los derechos de la personalidad del menor, analizando los tratados en la Ley de Protección Jurídica del menor de 15 de enero de 1996. Pero, sobre todo, en este trabajo se estudian de forma más minuciosa, primero, el derecho a la vida, distinguiendo entre el derecho a nacer y el derecho a la vida después del nacimiento, mostrándose la necesidad de la defensa de esta desde la concepción. A continuación aparece el derecho a la identificación del recién nacido, abogando por la defensa de este derecho con la cobertura juridica que se merece y el derecho al nombre. Y, por ultimo, se tratan los derechos al honor a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, como derecho diferentes en su contenido, con las implicaciones específicas que supone la adaptación al menor cuando este es titular.