Restitución de bienes culturales robados e ilícitamente exportados a EE.UUla "Cultural Property Implementation Act"
- Portela Vázquez, María
- Alfonso Luis Calvo Caravaca Director/a
- Celia M. Caamiña Domínguez Director/a
Universitat de defensa: UNED. Universidad Nacional de Educación a Distancia
Fecha de defensa: 14 de de novembre de 2014
- Honorio Manuel Velasco Maíllo President
- Enrique Linde Paniagua Secretari
- Carlos R. Fernández Liesa Vocal
- Esperanza Castellanos Ruiz Vocal
- Francisco Javier García Fernández Vocal
Tipus: Tesi
Resum
Esta tesis versa sobre la incorporación de la "Convención de la UNESCO de 1970 sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, exportación y transferencia de propiedad ilícitas de bienes culturales" al Ordenamiento Jurídico estadounidense. EE.UU. ha ocupado tradicionalmente un lugar muy destacado como importador en el mercado internacional de arte y antigüedades, posicionándose casi siempre, al frente de la jerarquía mundial, de ahí que se haya elegido su estudio como objeto de esta investigación. Ésta, que cuenta con 700 páginas, se desarrolla en cuatro capítulos. El primero de ellos describe los antecedentes de la aprobación de la Convención y los factores que llevaron al Gobierno estadounidense a cambiar su política cultural exterior a partir de finales de los años sesenta del S.XX. Profundiza y detalla el proceso de diez años que transcurrieron desde la autorización de la aprobación de EE.UU. de la Convención de la UNESCO por parte del Senado estadounidense, hasta la promulgación de la Ley de transposición en 1983. Para ofrecer una visión lo más objetiva y veraz posible, para la realización de este capítulo se realizaron entrevistas a algunos de los protagonistas que participaron en las negociaciones de la Ley. También se llevó a cabo una investigación ad hoc en los Archivos Nacionales en Washington D.C. y se efectuó un análisis estadístico de los lobbies o grupos de influencia que batieron sus fuerzas durante los 10 años que duró el proceso. El segundo capítulo analiza desde una perspectiva jurídica, la transposición del art.7 de la Convención de la UNESCO de 1970, que versa sobre los robos en museos, monumentos e instituciones de similares características. El análisis se lleva a cabo comparando ambos instrumentos y poniendo de manifiesto sus semejanzas y diferencias, para lo que se citan numerosos ejemplos de casos reales. El tercer capítulo se centra en la transposición del art. 9 de la Convención de la UNESCO, que trata sobre el compromiso de los Estados ante el llamamiento de un Estado parte cuyo patrimonio cultural se encuentre en peligro a causa de saqueos arqueológicos o etnológicos. En esta parte de la investigación, se describen con detalle los tipos de medidas que podrá adoptar EE.UU. en este caso, las circunstancias o requisitos que deben satisfacer los países solicitantes de las mismas y el procedimiento establecido. Asimismo se efectúa un análisis comparado tanto de tipo cualitativo como cuantitativo (a través de herramientas propias de la estadística descriptiva) de todas las medidas adoptadas desde la promulgación de la Ley en 1983 hasta 2013, organizándolas por zonas geográficas. El cuarto capítulo se centra en las medidas sancionadoras y las excepciones recogidas en la CCPIA. Se complementa con un análisis de la efectividad de dicha Ley, haciendo un estudio de su aplicación para la resolución de casos de restitución de bienes culturales y comparándolo con la de otros recursos jurídicos disponibles en el Ordenamiento jurídico estadounidense. Esta tesis, que se enmarca dentro del Doctorado de Derecho de la Cultura, se enfoca desde una perspectiva multidisciplinar que conjuga principalmente tres disciplinas: el derecho, la estadística y la historia. Los datos y las fuentes utilizadas son cuantiosos, algunos proceden de la investigación in situ en los Archivos Nacionales (National Archives) de Washington D.C., en la Biblioteca del Congreso (Library of Congress) de EE.UU., o de las entrevistas realizadas a protagonistas del proceso. Otras son fruto de la colaboración con profesionales de diferentes ámbitos y nacionalidades, que desde EE.UU. u otros puntos, han posibilitado el acceso a información y datos que suelen ser inaccesibles o cuya obtención no resulta sencilla desde el exterior, especialmente los relativos a los más de 130 casos de restitución que se analizan en el último capítulo.