Ciberterrorismoamenaza a la seguridad. Respuesta operativa y legislativa, nacional e internacional

  1. PONS GAMÓN, VICENTE
Dirigida por:
  1. Fernando Moure Colón Director/a
  2. María Teresa Marcos Martín Codirectora

Universidad de defensa: UNED. Universidad Nacional de Educación a Distancia

Fecha de defensa: 28 de septiembre de 2018

Tribunal:
  1. Remedios Morán Martín Presidenta
  2. Francisco Pastor Alcoy Secretario/a
  3. José Fernandes Fontes Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

Esta investigación surge como respuesta ante los grandes cambios acontecidos en el escenario mundial a raíz del desarrollo y expansión de las tecnologías de la comunicación. Estos cambios han desarrollado y potenciado los estándares del bienestar, facilitando la vida a los seres humanos en muchos sentidos y favoreciendo e impulsando grandes avances en todas las áreas: medicina, comunicación, tecnología, etc. En sentido opuesto se han implementado también facilidades y capacidades destructivas, que puestas en manos de los delincuentes han supuesto la aparición de infinidad de actos y situaciones delictivas nunca vistas ni imaginadas con anterioridad. En la primera parte de la investigación, nuestro objetivo es realizar un estudio de las características más importantes de este fenómeno delictivo, de forma que al leer el trabajo tengamos una idea clara y extensa de éste y cuál es su repercusión socialmente a nivel mundial. En la segunda parte, estudiaremos la reacción de las naciones en la dirección de poder controlar el ciberespacio y combatir todos los delitos que se produzcan, siempre desde la normativa vigente y el respeto de los derechos humanos, base fundamental de convivencia de las naciones civilizadas. Siguiendo esta línea de investigación, profundizaremos en el caso concreto del estado español y las recientes actualizaciones realizadas en su legislación y concretamente sus leyes propiamente referidas al terrorismo y ciberterrorismo, en su más moderna especialización, siempre desde el marco de la Unión Europea, que es la que marca las nuevas directrices para legislar este fenómeno, buscando el camino de la estandarización legislativa en materia de terrorismo dentro de sus amplias fronteras y en cada uno de sus estados. Analizaremos casos concretos en sentencias y presentaremos estas leyes, su aplicación y resultados. 3 Una vez realizada la labor de determinar, clasificar los nuevos delitos y conocer las Normas que los regulan, ya podremos hablar de las estrategias, que tanto España como nación, la Unión Europea y organizaciones como la OTAN, toman como directrices en sus actuaciones, para poder combatir los efectos del nuevo espacio delictivo y a sus protagonistas, los delincuentes y sus acciones que están alterando la convivencia pacífica y el respeto a la ley en las naciones occidentales. Para finalizar, completaremos este estudio con un trabajo de campo sobre el área jurídica en España y más concretamente sobre los objetos delictivos del ciberterrorismo y las nuevas modificaciones en leyes de esta materia; realizando unas encuestas al respecto, entre los grupos que intervienen en este proceso legal de determinación de los delitos, aplicación de las leyes y operatividad para poder implementar éstas en la sociedad. Son encuestas realizadas a Jueces, abogados y FCSE (Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado), lo que nos permitirá ver los resultados obtenidos tras las modificaciones en la ley en su sentido más práctico. Objetivo Como principal Objetivo, este trabajo trata de dar una visión teórico-práctica concreta del fenómeno del ciberterrorismo y de su jurisprudencia actual en el Estado español, brindando un aporte significativo a los estudios de los delitos penales; así como describir la política antiterrorista en el estado Español y el grado de éxito en su aplicación, pero sobre todo analizar la incidencia y aplicación práctica de la legislación Penal en materia de terrorismo. Desde un punto de vista teórico analizar en el estado Español y la UE la situación actual del terrorismo, normativa y su entramado defensivo. Desde un punto de vista práctico ver la incidencia y aplicación de la legislación Penal en materia de terrorismo, a partir y antes de su modificación en el 2015, sobre actos y actuaciones terroristas cometidas en el estado Español. 4 Objetivos específicos  Describir el marco jurisprudencial de la política antiterrorista en el estado Español y el grado de éxito en su aplicación.  El objetivo de evidenciar la necesidad que tienen los estados de estandarizar sus leyes en esta materia, siguiendo las líneas de la UE.  Identificar el contexto actual del terrorismo y ciberterrorismo en el estado Español y la UE.  Caracterizar el comportamiento del terrorismo y ciberterrorismo en el estado Español dentro del marco de la UE. Hipótesis  Los cuerpos de seguridad antiterrorista han conseguido evidentemente y en contra de su crecimiento exponencial, un impacto en la disminución de esos ataques, pero este no ha sido suficiente debido a la complejidad del delito.  Debido a la estrategia geoespacial que presenta el ciberterrorismo, es necesario el desarrollo y continúa mejora la de los mecanismos legales transnacionales donde cooperan multilateralmente todos los países afectados.  La Unión Europea se ha movilizado en sus ámbitos policiales y legislativos para buscar la operatividad contra el terrorismo dentro de sus fronteras y de esta forma conseguir que sus ciudadanos estén más seguros en ellas.  El sistema defensivo en la UE y sus estados, a su vez interconectados con la OTAN es tan grande y complejo que lo podíamos denominar ENTRAMADO DEFENSIVO.  Este medio es tan cambiante y complejo, que las estrategias de defensa y sus métodos de actuación necesitan de una contante supervisión y actualización.  El éxito para combatir el ciberdelito se basa en la tecnología, factor humano y sobre todo en la cooperación internacional de todos los estados y sus fuerzas de seguridad. 5 Metodología Analizar las Normativas de seguridad y leyes actuales del código penal en materia de terrorismo y Ciberterrorismo, requiere estrategias que permitan la comprensión de la incidencia de la Normativa de Seguridad Nacional frente al terrorismo en el estado español, en la medida que ésta se contrasta a la luz de leyes anteriores, donde la metodología que se propone para este fin, intenta responder a necesidades investigativas relacionadas a la jurisprudencia constitucional del Tribunal Supremo, cuyo análisis se centrará en su aplicabilidad. La presente investigación se sustenta en el enfoque cualitativo, “el cual permite hacer una aproximación global a las situaciones sociales para explorarlas, describirlas y comprenderlas” (Bonilla y Rodríguez, 1997), haciendo lectura crítica sobre las actuaciones judiciales aplicadas y creadas en las sentencias de constitucionalidad, a través de la descripción de las mismas, lo que permitirá la comprensión del estado actual de la ley y su incidencia en los contextos sociales en los cuales se aplica; desde una perspectiva hermenéutica, a partir de la cual se privilegia los discursos y significados de los actores, es holística porque comprende la realidad jurídica desde diversos puntos de vista; es de naturaleza inductiva porque no pretende formular leyes universales, sino más bien entiende la complejidad de un específico contexto jurídico, aplicado a un contexto también especifico, es heurística y generativa, donde las hipótesis, teorías y normativas en seguridad dentro del estado español y la UE son tomadas como guías en el proceso de conocimiento y se van modificando y retroalimentando de acuerdo a las circunstancias, dada la constante actualización del enfoque. Con la metodología cualitativa se busca ante todo entender el contexto jurídico y normativo desde la posición epistemológica del constructivismo, y la complejidad; con la perspectiva investigador(a), y el investigado(a) en una relación de construcción de conocimiento (Torres, citado por Ballén, et.al., 2007), desde lo que recoge, describe e interpretan los procesos sociales. Se hará uso además de algunas herramientas cuantitativas para alimentar el proceso de análisis, en la medida que toda cantidad es el reflejo numérico de una cualidad (Ander egg, ibíd.). 6 El enfoque elegido para llevar a cabo esta investigación es el Descriptivo y Analítico, donde los actores darán cuenta de las de las propiedades contenidas en la regla jurisprudencial dentro del contexto jurídico español. En cuanto al método de estudio, se hará mediante la interpretación y descripción detallada de (7) sentencias, además del análisis de la Legislación en materia Antiterrorista de mediados del 2015 y presente año en comparación con los años 2014 y principios del 2015, para contrastar su incidencia en dicho contexto, se analiza además las entrevistas semiestructuradas a 10 Jueces, 20 abogados y 125 mandos de las fuerzas de seguridad de diversos países. El criterio de selección, de las y los entrevistados responde exclusivamente a su pertenencia al ámbito de la abogacía, adjudicatura y seguridad. El periodo de inflexión escogido va desde la modificación de la ley en 2015 y se tendrá en cuenta como unidades de análisis, la jurisprudencia de la ley, las sentencias llevadas a cabo, incidencia en la política antiterrorista y la manera como opera el ciberterrorismo en el estado español. Adquisición de datos En las revisiones documentales acerca del ciberterrorismo, ha sido complejo encontrar estudios científicos sobre el mismo. Sin embargo algunas tesis Mexicanas abordan el tema desde el caso español, lo que nos permite hacer un análisis desde una perspectiva internacional. Un trabajo, desarrollado por Ignacio José Subijana Zunzunegui titulado “El ciberterrorismo: una perspectiva legal y judicial” plantea que la globalización conlleva la implantación de un modelo social pergeñado en torno, entre otros, a los valores de ubicuidad, virtualidad y celeridad, lo que en el orden penal conlleva a la necesidad de afrontar fenómenos delictivos protagonizados por organizaciones criminales de carácter transnacional que hacen un uso perverso de las tecnologías de la información y la comunicación (Subijana, 2008:167). 7 Esto nos permitirá entender, la importancia del contexto en el que se desarrolla el terrorismo, los componentes que los dirigen permiten que se desarrollen de forma estructural, para su posible actuación. Además presenta una revisión de las propuestas normativas a través de la aproximación de las legislaciones y la cooperación policial y judicial en y entre los Estados, las cuales intentan garantizar una adecuada respuesta pública a la problemática del ciberterrorismo, superando la indiscutible insuficiencia de un tratamiento territorial de esta específica criminalidad (Ibídem). Se ha modificado en el 2015 la directiva europea relativa el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo “Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifica el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2006/70/CE de la Comisión”. (Publicado: «DOUE» núm. 141, de 5 de junio de 2015, páginas 73 a 117, Departamento: Unión Europea, Referencia: DOUE-L-2015-81123), intentamos ver y analizar la últimas actualizaciones de normativa Europea en esta materia. Ahora mismo la directiva europea contra el terrorismo incluye el castigo a los que "ayuden" o sean cómplices en la comisión de delitos terroristas sin concretar que éstos tengan la intención de ayudar. “La Comisión de Libertades Civiles de la Unión Europea (LIBE), dentro del texto de las Directivas Europeas contra el Terrorismo, han desarrollado una normativa para contrarrestar el efecto destructivo de este” Nos encontramos ante una gran controversia: hasta dónde puede llegar nuestro derecho a la intimidad como ciudadanos europeos, cuando este se cruza con investigaciones y actuaciones tanto policiales como judiciales sobre ciudadanos residentes en Europa “ X-net denuncia : Directiva contra el Terrorismo: El Parlamento Europeo contra nuestras libertades”. (Xnet, 2016, https://xnet-x.net/directiva-terrorismo-recorte-libertades) Se analiza los elementos esenciales de la actual estrategia de seguridad nacional, y su comparativa con su predecesora de 2013 y con las estrategias de seguridad nacional de 8 nuestro entorno, también nos centramos en concreto en las estrategias de ciberseguridad Española y de su entorno. El trabajo esboza que en el ámbito de la Defensa, la Directiva de Defensa Nacional del año 2004 comenzó a contemplar una concepción más amplia de los riesgos y amenazas que presentaba la seguridad, llegando en el 2008 a resaltar la aparición de nuevos riesgos y amenazas para la paz, estabilidad y seguridad internacional, como era el caso del terrorismo transnacional. Estos cambios legislativos, permiten observar la estrategias estatales frene a la legislación, en el manejo del problema del ciberterrorismo (García, 2014: 51). Establece, que este delito tiene un alcance global y que constituye, junto al crimen organizado, la amenaza más grave para la seguridad por el peligro que podía suponer el que grupos terroristas pudiesen apropiarse de armas de destrucción masiva (Ibídem). Este estudio brinda herramientas de análisis crítico frente al ciberterrorismo, proponiendo la necesidad de extender lazos internos e internacionales para contrarrestar esas prácticas, que son de gran riesgo para el desarrollo de nuestras naciones. Mónica Olvera Gorts, presenta un trabajo titulado “Ciberterrorismo e infraestructuras críticas”, contempla el ciberterrorismo como formas de agresión a la sociedad derivadas del mal uso de las tecnologías de la información la comunicación (TIC) (Olvera, 2013:1). Así mismo se muestran diversas acciones emprendidas por España y otros estados en materia de ciber-seguridad, ”Estrategia española de Ciberseguridad” y “Estrategia Portuguesa de Ciberseguridad”. Un apartado desde mi punto de vista de gran interés es el análisis de casos específicos que han tenido lugar en España, donde ponemos analizar los procesos acontecidos (delito - actuación policial- actuación judicial - jurisprudencia) siendo de gran relevancia el estudio de la jurisprudencia. Con esa revisión de antecedentes, presentamos la necesidad de seguir avanzando en los estudios del terrorismo, como una forma de generar hallazgos significativos que posibiliten la creación de estrategias de seguridad pertinentes, para agilizar el tratamiento que se la da al delito, a fin que permita la disminución de esos actos delictivos. 9 Descripción de contenido Este trabajo tratará de desarrollar un análisis de la jurisprudencia actual en la comunidad española, brindando un aporte significativo a los estudios de los delitos penales. Además l analizara estrategias aspectos específicos de defensa contra el ciberterrorismo y el terrorismo en general, brindará la posibilidad de manejar la información actualizada, que podrá ser consultada como documento de apoyo en los estudios de ciberseguridad y ciberdelitos . Por otro lado, permitirá un análisis cronológico de la jurisprudencia, sus cambios en las últimas modificaciones legales, mostrando el impacto del mismo en el tratamiento del terrorismo. Busca evidenciar la necesidad que tiene el estado español de cooperar con otros países y organizaciones, ya que se estima que ni la Unión Europea ni ningún otro Estado por si solos pueden encontrar actualmente una respuesta efectiva a las amenazas a las que se enfrenta. Trataremos también el asunto del terrorismo desde el punto de vista de la Unión Europea, es decir, desde el marco Europeo y pertenencia a la OTAN, analizaremos las modificaciones en sus directivas, estrategias y las reacciones sociales al respecto. Pistas de la propuesta. Los progresos tecnológicos e informáticos han sido considerados un gran avance en nuestra sociedad. Debemos plantearnos esto como un fenómeno muy positivo, pero no debemos dejar de lado el gran abanico de desventajas y oportunidades que se pueden generar para el mundo delictivo. De estas desventajas delictivas, Gran parte de ellas están consideradas como actos de tratamiento penal, “en concreto, el Derecho Penal tiene que prestar protección a nuevos valores concernidos por la implantación de los sistemas informáticos en los diversos 10 sectores de la comunidad (personal, social, profesional, económico, financiero) y también, ofrecer tutela a valores clásicamente amparados por el orden penal frente a nuevas modalidades de ataque derivadas del uso de los dispositivos telemáticos” (Subijana, 2008:170). Nuestro estudio se centra en las acciones delictivas fruto de las desventajas que hoy por hoy más preocupan a las naciones y sus cuerpos de seguridad, todas aquellas acciones desempeñadas por grupos u organizaciones terroristas, en territorios estratégicamente ubicados, con el objetivo de hacer daño a las naciones y que hoy por hoy fundamentalmente, están dirigidas y controladas desde el espacio cibernético. Esto gracias a “una sociedad de funcionamiento en red, en la que la velocidad, la ubicuidad, la virtualidad y la transversalidad sustituyen a la territorialidad, la rigidez y la jerarquización” (Ibíd). Cuando hablamos de ciberterrorismo lo hacemos en sentido amplio y hablamos tanto de las acciones terroristas perpetradas a través de Internet como de todas aquellas gestiones o actuaciones que realizadas en este medio sirven de puente para poder llegar a realizar acciones terroristas de todo tipo e índole. El terrorismo en la actualidad no se puede entender sin el uso de las tecnologías cibernéticas es decir el ciberterrorismo es una problemática que afecta a la seguridad mundial. Las Naciones han desarrollado estrategias jurídicas para castigar y prevenir este tipo de delitos, que ponen en entre dicho la seguridad nacional. En el caso de España: Ley Orgánica 2/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de delitos de terrorismo. Cuando hablamos de ciberterrorismo, hacemos referencia a los términos cibercrimen, ciberdelito o ciberdelincuencia, todos estos son delitos cometidos en el espacio virtual y presentan cuatro aspectos que los caracterizan: 1) Se cometen fácilmente. 2) Requieren escasos recursos en relación al perjuicio que causan. 11 3) Pueden cometerse en una jurisdicción sin estar físicamente presente en el territorio sometido a la misma. 4) Se benefician de las lagunas de punibilidad que pueden existir en determinados (Ibíd.: 171). Este tipo de crimen utiliza las tecnologías de la información para coaccionar, intimidar, causando daños a grupos sociales con fines políticos, económicos, religiosos entre otros, “el ciberterrorismo, por lo tanto, se estructura en torno a dos elementos: la presencia de un grupo terrorista y el empleo de medios provenientes de una infraestructura tecnológica para lograr la ampliación de su capacidad operativa” (Ibíd.: 172). Esto nos lleva a entender la emergente y creciente necesidad que existe de generar estrategias que van encaminadas a la compenetración de cuerpos de seguridad, cooperación y unidad de esfuerzos gubernamentales para el tratamiento de este problema tan complejo, que afecta de manera directa a la seguridad nacional, social y económica. Tenemos que destacar y ampliar en este punto, en el caso de estado Español, la estrategia de Seguridad Nacional del 1 de Diciembre de 2017, “junto a los riesgos y amenazas, conviven en el escenario internacional otros factores potenciadores que pueden generar nuevos riesgos o amenazas o multiplicar y agravar efectos. La pobreza, la desigualdad, los extremismos ideológicos, los desequilibrios demográficos, el cambio climático o la generalización del uso nocivo de las nuevas tecnologías son algunos de esos factores”. Esta estrategia nos enumera y describe el conjunto de riesgos y amenazas para el estado español, ámbitos de actuación y sus líneas estratégicas: “Ámbito de actuación objetivo: Hacer frente a los conflictos armados que se puedan producir como consecuencia tanto de la defensa de los intereses o valores. 1.- Defensa nacional; exclusivamente nacionales en los que se intervendría de manera individual-, como de la defensa de intereses y valores compartidos en virtud de nuestra pertenencia a organizaciones internacionales tales como la ONU, la OTAN o la UEen los que se intervendría conforme a sus tratados constitutivos junto con otros aliados o socios. 12 2.- Lucha contra el terrorismo; Neutralizar la amenaza que representa el terrorismo y reducir la vulnerabilidad de la sociedad ante sus ataques, haciendo frente a los procesos de radicalización que lo puedan preceder o sustentar. 3.- Lucha contra el crimen organizado; Impedir el asentamiento de los grupos criminales organizados, poner a disposición de la justicia a los que ya operan dentro de nuestras fronteras e impedir la consolidación de sus formas de actuación delincuencial. 4.- No proliferación de las armas de destrucción masiva. Conseguir el decrecimiento a nivel mundial de este tipo de armamento. 5.- Contrainteligencia. Desarrollar este campo que nos permita actuar a ciencia y conseguir los mejores resultados en nuestras actuaciones. 6.- Ciberseguridad; Garantizar un uso seguro de las redes y los sistemas de información a través del fortalecimiento de nuestras capacidades de prevención, detección y respuesta a los ciberataques. 7.- Seguridad marítima; Impulsar una política de seguridad en el espacio marítimo con la finalidad de mantener la libertad de navegación y proteger el tráfico marítimo y las infraestructuras marítimas críticas; proteger la vida humana en el mar; prevenir y actuar ante actividades criminales y actos terroristas que se desarrollen en este medio; proteger y conservar el litoral, los recursos del medio marino, el medio ambiente marino y el patrimonio arqueológico sumergido; y prevenir y responder en casos de catástrofes o accidentes en el medio marino. 8.- Seguridad del espacio aéreo y ultraterrestre: control del espacio aéreo, del espacio ultraterrestre y del uso de Drones, salvaguardar la aviación comercial y los satélites. 9.- Protección de infraestructuras criticas; Robustecer las infraestructuras que proporcionan los servicios esenciales para la sociedad.” 10.- Seguridad Económica financiera; Potenciar un modelo de crecimiento económico sostenible, mitigar los desequilibrios de los mercados, luchar contra las actividades delictivas, potenciar la presencia económica internacional de España y garantizar la resiliencia de los servicios esenciales económicos y financieros. 13 11.- Seguridad Energética; Diversificar las fuentes de energía, garantizar la seguridad del transporte y abastecimiento e impulsar la sostenibilidad energética. 12.- Ordenación de flujos migratorios; Prevenir, controlar y ordenar los flujos migratorios irregulares en nuestras fronteras, que constituyen, a su vez, límites exteriores de la UE. 13.- Protección ante emergencias y catástrofes; Establecer un Sistema Nacional de Protección de los ciudadanos que garantice una respuesta adecuada ante los distintos tipos de emergencias y catástrofes originadas por causas naturales o derivadas de la acción humana, sea ésta accidental o intencionada. 14.- Seguridad frente a Pandemias y Epidemias. Tener un control constante, contar con los mejores profesionales y planes de actuación para actuar ante posibles riesgos y minimizar el daño y repercusión de estos en la población. 15.- Protección del medio ambiente. Estar preparados en medios para evitar los desastres naturales. De este conjunto de riesgos y sus líneas de actuación estratégicas en nuestro trabajo nos centramos en dos principalmente. “ A) LUCHA CONTRA EL TERRORISMO (Desde el punto de vista operativo y legal) - Objetivo: Neutralizar la amenaza que representa el terrorismo y reducir la vulnerabilidad de la sociedad ante sus ataques, haciendo frente a los procesos de radicalización que lo puedan preceder o sustentar. Siguiendo una estructura similar a la adoptada por la Estrategia de lucha contra el terrorismo de la UE, las diferentes líneas de acción estratégicas se desarrollarán en los cuatro pilares de la prevención, la protección, la persecución y la preparación de la respuesta. - Líneas generales de acción Estratégicas. 1. Prevención: actuar contra el terrorismo desde su origen. En el ámbito interno, se actuará sobre sus inicios, para evitar la captación de nuevos terroristas a través de procesos de radicalización, a cuyo fin se asegurará la actuación coordinada de todas las Administraciones. En el ámbito externo, se participará en el desarrollo de una política 14 concertada y coordinada con los países democráticos preferentemente mediante la acción común en el seno de la UE y se cooperará en el combate de la radicalización en su origen. En el ámbito del ciberespacio, se procurará que internet no constituya un medio para la radicalización, la propagación y la consecución de sus fines. 2. Protección: disminuir nuestras vulnerabilidades. Se trabajará para reducir las oportunidades de cometer atentados mediante la mejora y el incremento de nuestras capacidades nacionales, tanto dentro de nuestro propio país incrementando los niveles de protección de objetivos sensibles y mejorando el control en las fronteras, como en el exterior donde los intereses españoles se encuentran desplegados y en el espacio virtual fortaleciendo las redes y sistemas de información nacionales. 3. Persecución: hacer frente a la actividad terrorista. Se promoverán y mejorarán las capacidades de investigación e inteligencia sobre los terroristas y sus acciones mediante la adecuación de los instrumentos nacionales precisos de coordinación, dirección y supervisión, con la finalidad de lograr el mayor grado de efectividad posible de las instituciones y los poderes públicos. Se adoptarán medidas para impedir la planificación de actos terroristas, su financiación y el acceso a los materiales necesarios para la comisión de atentados. 4. Preparación de la respuesta: restablecer la normalidad. En el caso de que se materialice la amenaza terrorista, se adoptarán las medidas y planes necesarios que aseguren la sinergia y coordinación de todos los organismos con responsabilidad en la materia. En particular, se minimizarán sus consecuencias, se dará apoyo inmediato y permanente a las víctimas de ataques terroristas, que recibirán una atención integral y un reconocimiento, se garantizará la rápida recuperación de los sectores de actividad esenciales y se extraerá la experiencia necesaria para futuras actuaciones” (ibíd. 41). “B) CIBERSEGURIDAD - Objetivo: Garantizar un uso seguro de las redes y los sistemas de información a través del fortalecimiento de nuestras capacidades de prevención, detección y respuesta a los ciberataques. - Líneas de acción Estratégicas. 15 1. Incremento de la capacidad de prevención, detección, investigación y respuesta ante las ciberamenazas con apoyo en un marco jurídico operativo y eficaz. Se mejorarán los procedimientos y se impulsarán los recursos necesarios con especial énfasis en las Administraciones Públicas, las infraestructuras críticas, las capacidades militares y de defensa y todos aquellos sistemas de interés nacional. 2. Garantía de la seguridad de los sistemas de información y las redes de comunicaciones e infraestructuras comunes a todas las Administraciones Públicas. Se fortalecerá la seguridad de los sistemas de información y las redes de comunicaciones que soportan las infraestructuras críticas. Se impulsará la normativa sobre protección de infraestructuras críticas con el desarrollo de las capacidades necesarias para la protección de los servicios esenciales. 3. Mejora de la seguridad y resiliencia de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en el sector privado a través del uso de las capacidades de los poderes públicos. Se impulsarán y liderarán actuaciones destinadas a reforzar la colaboración público-privada y la seguridad y robustez de las redes, productos y servicios de las TIC empleados por el sector industrial. 4. Promoción de la capacitación de profesionales en ciberseguridad e impulso a la industria española a través de un Plan de I+D+i. 5. Implantación de una cultura de ciberseguridad sólida. Se concienciará a los ciudadanos, profesionales y empresas de la importancia de la seguridad de la información y del uso responsable de las nuevas tecnologías y de los servicios de la sociedad del conocimiento. 6. Intensificación de la colaboración internacional. Se promoverán los esfuerzos tendentes a conseguir un ciberespacio internacional donde se alineen las iniciativas de todos los países que persiguen un entorno seguro y fiable. En todo momento se salvaguardarán los intereses nacionales” (ibíd.42). 16 Conclusiones Hemos extraído algunas de las conclusiones que hablan en términos generales y más definen el sentido de este trabajo.  Con la aparición del ciberespacio, el hábitat delictivo ha crecido exponencialmente. La era de la información multiplica las oportunidades de los delincuentes. El ciberterrorismo y en particular el Yihadista, se aprovechan de la existencia del ciberespacio para magnificar sus ataques y se ha convertido en la mayor pesadilla para la seguridad de las naciones occidentales; tiene unas características tan amplias y destructivas que exigen una respuesta inmediata, contundente, unida, continuada e incansable de las naciones. Nacen tantas amenazas desde cualquier lugar del mundo, la mano es tan larga y puede ser tan destructiva, que los estados deben responder a tantos frentes y tan rápido, que de no hacerlo, se podrían causar daños humanos, sociales y económicos irreparables. Los países despiertan y reaccionan ante la gran amenaza; primero se trata de crear normativa y legislación al respecto, que deberá estar en continua actualización, para de esta forma poder combatirla respetando todos los derechos y valores que sostienen al mundo civilizado.  Estamos ante un terrorismo novísimo, transformado por internet y por la irrupción del Estado islámico. “Se trata de un fenómeno patológico a veces irracional, que habla en muchos idiomas por lo que para combatirlo es imprescindible la colaboración internacional. Un yihadista puede ser un individuo de cualquier raza o color con raíces no identificables, agrupados militarmente y organizados entre ellos gracias a la nuevas tecnologías de la comunicación: INTERNET”. Podemos afirmar que la coordinación y cooperación entre naciones, es la peor pesadilla contra el terrorismo y de forma concreta contra el ciberterrorismo. Si todos los países estuvieran unidos en una misma organización o red que pudiera disponer de los mismos medios coordinados entre sí, este tipo de delitos serían mucho más difíciles de cometer. 17  La aparición de Internet tiene un papel protagonista y fundamental en la nueva orientación de los terroristas a la hora de captar, entrenar miembros, financiar y organizar. La posibilidad de colgar contenidos en una plataforma fácilmente accesible y sujeta a pocas censuras ha conllevado la aparición de manuales electrónicos en los que se explica detalladamente cómo y dónde adoctrinarse e instruirse para cometer actos terroristas. Este fenómeno se denomina “universidad abierta para la yihad”. Es posible decir que sin internet el terrorismo yihadista estaría mucho menos activo y expandido, y en consecuencia, por supuesto, sería mucho más controlable. La fase más peligrosa para la captación de adeptos alayihad es la fase de radicalización que permite a muchos jóvenes musulmanes ir desarrollando una postura positiva hacia el Islam radical. Podría decirse que el arma más importante para la radicalización es internet a través de chats, ciber-cafés, páginas web, etc. La lucha debe ir dirigida a arrasar la ideología: se pretende atacar directamente sobre el comportamiento adulterado, criminal y radical de los Yihadistas y nunca contra la idea real y pacífica del islam.  El ciberespacio juega un papel muy importante en las relaciones entre las naciones, pudiéndose convertir en uno de los principales escenarios de conflictos internacionales.  Estandarización de las leyes, la estrategia más importante para combatir el ciberterrorismo, que siguió, sigue y seguirá primando los esfuerzos de la comunidad internacional, es la estrategia de unificar las normas al respecto. Fue la ONU en su lucha contra la cibercriminalidad, la que estableció una política mundial para la prevención de los crímenes “en línea”. Posteriormente se estableció en Budapest la Convención sobre la Cibercriminalidad, participando el Consejo de Europa en la protección de datos de carácter personal, desarrollándose un estudio por parte de la Unión Europea de las diferentes convergencias y perspectivas de la cibercriminalidad en el mundo, pero en ninguno de ellos se consiguió una homogenización de leyes, lo que atrae a la cibercriminalidad y desde el punto de la vista del Organismo de Cooperación de Desarrollo Económico (OCDE) está afectando en consecuencias económicas gravísimas. 18  De forma paralela al análisis legislativo y hablando ya de las directrices defensivas, el primer tiempo de la aparición del ciberdelitos fue realmente desbordante; aparecían continuamente nuevas formas o sistemas de ataque y las naciones se organizaron, apareciendo gran cantidad de organismos, tratados y estrategias para combatir este nuevo fenómeno, todas ellas basadas en 4 pilares: prevención, protección, persecución y respuesta. Tras nuestro análisis, podemos intuir que para el éxito en la lucha contra el ciberterrorismo, no sirve un sistema de defensa nacional simple y convencional. Además de la tecnología más moderna, se necesita un conjunto de sistemas de defensa que a su vez se unan a otros, creciendo según aumentamos fronteras, lo que nos hace concluir que la ciberdefensa es un gran entramado mundial de sistemas defensivos. La UE y la OTAN tratan de marcar las directrices de esta lucha en Europa. Tras el análisis conjunto de toda la información recopilada en este estudio podemos afirmar que apoyado en la ley, el mundo civilizado ha creado un gran sistema u organigrama defensivo que crece, actualizándose continuamente, en medios económicos, humanos y tecnológicos para poder mantenerse efectivo y contrarrestar el poder destructivo de los ciberdelincuentes.  El mundo necesita una nueva y más fuerte regulación del ciberespacio, más estricta, organizada, estandarizada y sobretodo que cubra la totalidad del espacio cibernético. La autorregulación del ciberespacio solo cumple las expectativas a corto y medio plazo y solo podría valer a largo plazo en el caso que los Estados y la comunidad internacional, a través de expertos Juristas relacionados con la TIC, alcancen acuerdos globales para marcar las pautas legales de este.  Después del análisis de campo, podemos ver que los agentes de las fuerzas de seguridad coinciden en gran medida, en encontrarse con obstáculos legales a la hora de poder realizar sus actuaciones antiterroristas con éxito. Siguiendo en la línea de campo tras la encuesta realizada a jueces denotamos, que éstos, como es su cometido, abogan hacia el estricto cumplimiento del derecho a la intimidad, expresión y defensa de todos los derechos fundamentales de cualquier ciudadano. 19 Después de todos los actos terroristas acometidos últimamente (Barcelona, Paris, Niza, Londres, Estocolmo....) y concretamente el atentado del 22-05-2017 en la ciudad de Manchester, atentado realizado durante un espectáculo musical, dirigido a un público muy joven que nada sabe de guerras ni doctrinas religiosas y encaminado a crear un alto grado de terror, pánico e inseguridad entre la población, podemos recapacitar y decir: “nos encontramos aquí con una línea imaginaria de donde empiezan los derechos de uno y donde terminan los del otro”. No sabemos dónde colocar esta línea, probablemente deberían ser los ciudadanos, en un referéndum los que decidieran si prefieren más derechos o más seguridad. Si los ataques terroristas se siguen sucediendo es probable que la UE y sus estados se vean obligados a realizar una consulta al respecto. Al fin y al cabo son los ciudadanos los que al igual que deben acatar y cumplir las leyes, son también los que tienen derecho a decidir dónde colocar esta línea, y como indica THERESA MAY: “necesitamos que se revise la legislación antiterrorista por considerarla demasiado tolerante hacia el extremismo”, además, “para asegurarse que la policía y los servicios de seguridad cuenten con todos los poderes que necesiten para actuar de forma efectiva”, regular el ciberespacio y en definitiva los actos terroristas.