Análisis del derecho de acceso a la cultura desde una perspectiva garantista, y de su armonización jurídico-administrativa en IberoaméricaPropuesta de un modelo de administración pública de la cultura basado en el esquema mexicano

  1. Lara González, Carlos Alberto
Dirigida por:
  1. Marcos Vaquer Caballería Director/a
  2. Antonio Descalzo González Codirector/a

Universidad de defensa: UNED. Universidad Nacional de Educación a Distancia

Fecha de defensa: 14 de septiembre de 2017

Tribunal:
  1. Carlos R. Fernández Liesa Presidente/a
  2. Beatriz Barreiro Carril Secretario/a
  3. Jesús José Prieto de Pedro Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

La presente tesis doctoral lleva por título "Análisis del derecho de acceso a la cultura desde una perspectiva garantista, y de su armonización jurídico-administrativa en Iberoamérica. Propuesta de un modelo de administración pública de la cultura basado en el esquema mexicano". En el capítulo primero presenta un análisis que va del contexto de Cádiz al Estado social, en el que se examina la importancia del contexto gaditano en la configuración de lo que hoy conocemos como derechos culturales; la evolución del derecho a la instrucción, a la libertad y a la propiedad intelectual, así como el acceso a la cultura impresa. Asimismo, se muestra el desarrollo constitucional del derecho a la cultura (El caso mexicano, que será el hilo conductor, entre otras cosas, por ser el país en que más incidió Cádiz), las reformas en materia de Derechos Humanos, que cambiaron el paradigma constitucional en la materia; su impacto en el ámbito de la cultura, así como la exigibilidad del derecho de acceso a la cultura, mediante el control de constitucionalidad y el control de convencionalidad. Se expone también, a manera de avance en la garantía de este derecho, el primer caso deliberado en la Corte Penal Internacional de la Haya por daño al patrimonio cultural, por limitar el acceso a la cultura, caso que muestra el avance del derecho de acceso a la cultura a nivel mundial. Por otra parte, se analiza el origen y desarrollo de los derechos culturales a través de la teoría generacional de los derechos humanos y del derecho de acceso a la cultura; a partir de la condición multicultural en la garantía de los derechos fundamentales y diversas consideraciones fundamentales en tornó al Estado social, a las bases teóricas del Estado cultural y la intervención de los poderes públicos en materia de cultura. En el Capítulo segundo, se analiza la cultura como derecho constitucional, con un énfasis especial en la necesidad de contar con una interpretación jurídica del vocablo, más que antropológica. Para ello, se hacen algunas precisiones del término a partir de su acepciones como idea, concepto y definición, hasta asumirla en su contexto jurídico, como una nueva función de los poderes públicos en sus diferentes vertientes. Asimismo, se examina su efectividad enunciativa en el marco de los derechos culturales, a través de los instrumentos internacionales en esta materia. En el capítulo tercero, se aborda la cultura como servicio público. Esto es, pasamos del derecho constitucional al derecho administrativo, que es donde se materializa el derecho de acceso a la cultura. Enmarcamos así la cultura en la transformación que vive la administración pública y la política cultural. Nos acercamos así al concepto de Administración Pública de la Cultura, a partir de las características básicas de los servicios públicos, de su necesidad colectiva y del entendimiento de la cultura como objeto de intervención administrativa. Asimismo, se analiza la administración del acceso y los agentes culturales que intervienen en la Administración Pública de la Cultura, la actividad administrativa de fomento, la actividad administrativa de prestación y el reparto de competencias político administrativas en la prestación de bienes y servicios culturales. Finalmente, en el capítulo cuarto, se presenta el modelo de Administración Pública de la Cultura orientado mostrar un tipo ideal de articulación jurídico administrativa del derecho de acceso a los bienes y servicios culturales que debe prestar el Estado. Lo anterior en el marco de la condición tecnológica, del fenómeno de la cultura a domicilio y de la necesidad de contar con una política digital para la cultura en el marco de la administración pública. Asimismo, del impacto sociocultural de las acciones culturales y la transformación en México del Estado factótum a la división real de poderes en la materia; transformación que ha llevado a la cultura a ser ya un tema de Estado, ya no de gobierno, donde intervienen de manera activa los tres poderes, en el marco de un nuevo paradigma constitucional en materia de derechos humanos, que favorece el desarrollo constitucional y convencional de la cultura. Lo anterior requiere de un modelo de Administración Pública de la Cultura como el que aquí se presenta, en el que la cultura transita del derecho constitucional al derecho administrativo, mediante un esquema de concurrencia político administrativo, en el marco de un federalismo cultural, en el que cada nivel de gobierno tiene un, tramo de responsabilidad, y donde es necesario contar con agentes culturales formados en competencias profesionales, laborales y mediáticas, para una mejor prestación de este derecho de acceso a los bienes y servicios culturales que debe prestar el Estado.