La política energética de la unión europeala construcción del mercado interior de la electricidad
- PARRA LUIS, RICARDO JAVIER
- Gerardo García-Álvarez García Director
- José María Gimeno Feliú Director
Universidade de defensa: Universidad de Zaragoza
Fecha de defensa: 11 de decembro de 2013
- José Bermejo Vera Presidente/a
- Elisa Moreu Carbonell Secretario/a
- Belén Noguera de la Muela Vogal
- Mariano Bacigalupo Saggese Vogal
- Íñigo del Guayo Castiella Vogal
Tipo: Tese
Resumo
Esta tesis trata de poner de manifiesto, ante todo, la relevancia histórica de la instrumentación de una política energética común en el contexto de la construcción europea. La energía constituye, sin lugar a dudas, un recurso estratégico para el desarrollo económico, puesto que se trata de un input imprescindible para el funcionamiento de los equipos e instalaciones industriales, así como para el transporte de personas y mercancías. Por esta razón, el suministro de energía ha sido históricamente un sector de actividad fuertemente intervenido por los Estados. El nuevo marco regulatorio de la actividad económica definido por el proceso de integración europea y caracterizado por el protagonismo del mercado ha reabierto el debate sobre los límites de la intervención pública y, en particular, sobre la utilidad social de la institución jurídica del servicio público. No se pone en duda que la garantía de determinadas prestaciones esenciales para todos los ciudadanos demande una intervención de los poderes públicos, pero esta intervención puede revestir diversas formas e intensidades, y es conveniente que acoja aquéllas que permitan cumplir mejor con las obligaciones de servicio público existentes en el sector de actividad de que se trate. Precisamente, el ejercicio de la potestad regulatoria por parte de los poderes públicos se justifica por la necesidad de hacer frente a los fallos del mercado en la provisión de determinados bienes y servicios considerados esenciales. En este contexto, la regulación comunitaria de las actividades vinculadas al suministro eléctrico las ha conceptualizado como servicios de interés económico general, es decir, actividades en las que el desarrollo del mercado reviste un especial interés económico para el conjunto de la sociedad, y la garantía de ciertas prestaciones básicas dentro de dichas actividades en favor de todos los ciudadanos se hace efectiva mediante la imposición a los operadores del sector de determinadas obligaciones de servicio público. En congruencia con la trayectoria y los resultados de la investigación realizada, el estudio aborda en primer término el periplo de la política energética comunitaria, desde los Tratados constitutivos - dos de los cuales (CECA y CEEA o EURATOM) se refieren directamente a cuestiones energéticas -, pasando por los acuerdos de cooperación intergubernamental para hacer frente a la crisis energética de los 70, las medidas derivadas de la puesta en marcha del mercado interior europeo y las que traen causa de la firma del Tratado de la Unión Europea (1992) y sus modificaciones sucesivas, para finalmente concluir con el reconocimiento formal de una política energética común en el Tratado de Lisboa (2007) y el diseño de una estrategia energética europea con el horizonte de 2020. Seguidamente, se introducen las herramientas propias del análisis económico para examinar los fundamentos teóricos de la regulación de las actividades del sector eléctrico y, en primer término, la estructura industrial de monopolio natural basado en una red única necesaria para el desarrollo de estas actividades. Aplicando la metodología del análisis económico del Derecho, se examinan los sucesivos modelos históricos de regulación de las industrias de servicios en red. En línea con este planteamiento, se procede, a continuación, al estudio evolutivo de la institución jurídica del servicio público y de su reformulación en el ámbito del Derecho comunitario, a través de un proceso abierto a aportaciones procedentes de otras tradiciones jurídicas (Common Law), como servicio de interés económico general. El análisis detallado de los sucesivos marcos regulatorios arbitrados por las autoridades comunitarias en relación con las actividades del sector eléctrico pone de manifiesto que su inspiración fundamental responde a los postulados de un determinado paradigma de política económica, la economía social de mercado, caracterizado por el reconocimiento del protagonismo de la libre iniciativa empresarial en el mercado y la garantía simultánea de una competencia eficaz y una prestación efectiva de los servicios básicos o esenciales en favor de todos los ciudadanos. Partiendo de tales premisas, el eje central de desarrollo de la política energética comunitaria viene dado por la creación y la tutela del buen funcionamiento de un mercado interior único europeo de la energía. El análisis del mercado interior de la electricidad se aborda desde una doble perspectiva: por un lado, se examinan los instrumentos jurídicos empleados para su construcción; por el otro, desde un punto de vista dinámico, se estudian los principios que rigen su funcionamiento. Para concluir, la investigación se centra en el elemento clave para superar los efectos anticompetitivos derivados de la estructura industrial de monopolio natural, el acceso de terceros a la red (ATR), profundizando en su naturaleza jurídica en relación con una regulación de actividades económicas explícitamente orientada a la apertura a la competencia - liberalización o neorregulación -, esto es, a la construcción de un mercado integrado de ámbito europeo. En este sentido, en el ATR se compendian los rasgos esenciales de la política energética común: competencia y servicio público, eficiencia y equidad, subsidiariedad y solidaridad.