Régimen jurídico de las luces y las vistas en el código civil español
- ORTEGA MELIAN, CARLOS GUSTAVO
- Ignacio Díaz de Lezcano Sevillano Zuzendaria
- Carlos Lasarte Álvarez Zuzendarikidea
Defentsa unibertsitatea: Universidad de Las Palmas de Gran Canaria
Fecha de defensa: 2000(e)ko otsaila-(a)k 22
- Carlos Larrainzar González Presidentea
- Luis A. Godoy Domínguez Idazkaria
- Manuel Jaén Vallejo Kidea
- Antonio Domingo Aznar Kidea
- Carolina Mesa Marrero Kidea
Mota: Tesia
Laburpena
La Tesis doctoral analiza el regimen juridico de las luces y las vistas en el Codigo Civil español. En este sentido partimos de dos aspectos fundamentales en la materia, lo que son limites a la propiedad, y lo que constituye una propia y verdadera servidumbre. En la primera parte dedicada al regimen de las luces y las vistas, como limite al dominio, pretendemos analizar de manera inicial los conceptos de huecos para luces y ventanas y huecos para vistas. A partir de ahí se sustenta el diferente tratamiento juridico que merecen una y otra situación. A ello se suma el analisis de cuestiones como el ambito de las limitaciones establecidas en cada caso, con referencia especial a los supuestos que, estimamos, quedan fuera de la prohibición, no obstante la redacción del Codigo civil. En cuanto a la segunda parte, el regimen juridico de servidumbre de luces y vistas, hemos tratado separadamente dos cuestiones que, entendemos, son de notables interes y valor a estos efectos. Por un lado, el estudio de los caracteres de esta modalidad de servidumbre, cuyo resultado permite establecer los aspectos que definen tal figura; y que han de ser ineludiblemente tenidos en cuenta a efectos de su contitución. Por otro, el contenido atribuido a dicha servidumbre, conforme a lo a lo establecido en el propio Codigo civil; y en funcion de ello, los diversos problemas que se deducen de la interpretación del correspondiente precepto. Las Palmas de Gran Canaria, 20 de diciembre de 1999.