La composición jurisprudencial del deber de lealtad como límite a la libertad de expresión en el contexto de los partidos políticos

  1. DANIEL CAPODIFERRO CUBERO 1
  1. 1 Universidad Nacional de Educación a Distancia
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    Universidad Nacional de Educación a Distancia

    Madrid, España

    ROR https://ror.org/02msb5n36

Journal:
Anuario iberoamericano de justicia constitucional

ISSN: 1138-4824

Year of publication: 2020

Issue: 24

Pages: 393-418

Type: Article

DOI: 10.18042/CEPC/AIJC.24.12 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openDialnet editor

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Abstract

Freedom of speech is a core element of democratic system, particularly within political debate, where restrictions are hardly admitted. At least when it is exercised by ordinary citizens, because Spanish constitutional case law imposes on mem-bers of political parties a particular limitation based on the duty of loyalty to the organization, which legitimizes the imposition of disciplinary sanctions for those who publicly criticize the decisions of its governing boards. This solution involves a reinforcement of the position of partisan elites against individuals, particularly if these are members of a dissenting minority. Consequently, the need of an alterna-tive interpretation of that duty arises, taking into account the requirements of the principle of internal democracy and allowing individual freedom of expression to fulfil its role at the service of public opinion as well as it works as a counterweight within political parties.

Bibliographic References

  • Aragón Reyes, M. (2016). Planteamiento general: partidos políticos y democracia directa. En P. Biglino Campos (coord.). Partidos políticos y mediaciones de la democracia directa (pp. 19-35). Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
  • Burguera Ameave, L. (2015). El derecho a la reputación o buen nombre de los partidos políticos. Notas a la STC 79/2014, de 28 de mayo. Teoría y Realidad Constitucional, 35, 663-675. Disponible en: https://doi.org/10.5944/ trc.35.2015.14934.
  • Fernández Segado, F. (2004). Algunas reflexiones sobre la Ley Orgánica 6/2002, de Partidos Políticos, al hilo de su interpretación por el Tribunal Constitucional. Revista de Estudios Políticos, 125, 109-155.
  • Flores Giménez, F. (1998). La democracia interna de los partidos políticos. Madrid: Congreso de los Diputados.
  • Gallardo Moya, R. (1996). Derecho de asociación y exigencia de democracia interna de los partidos políticos (Comentario a la STC 56/1995, de 6 de marzo). Derecho Privado y Constitución, 8, 237-250.
  • García Canales, M. (2002). El derecho al honor de quienes ejercen actividad con relevancia política. En La democracia constitucional. Estudios en homenaje al Profesor Francisco Rubio Llorente (pp. 487-508). Madrid: Congreso de los Diputados.
  • García Pelayo M. (1977). Las transformaciones del Estado contemporáneo. Madrid: Alianza.
  • García Pelayo M. (1986). El Estado de Partidos. Madrid: Alianza. Garrido López, C. (2017). El dilema de la democracia en el interior de los partidos. Teoría y Realidad Constitucional, 40, 317-347. Disponible en: https://doi. org/10.5944/trc.40.2017.20915.
  • Gómez Montoro, A. J. (2002). La titularidad de derechos fundamentales por personas jurídicas: un intento de fundamentación. Revista Española de Derecho Constitucional, 65, 49-105.
  • Gómez Yáñez, J. A. (2016). La democracia en los partidos y su necesaria regulación legal. En C. Garrido López y E. Sáez Royo (coords.). La reforma del Estado de partidos (pp. 39-67). Madrid: Marcial Pons.
  • Habermas, J. (2005). Tres modelos de democracia. Sobre el concepto de una política deliberativa. Polis, 10, 1-9.
  • Hernández Valle, R. (2002). La democracia interna de los partidos políticos. Revista de Derecho Político, 53, 473-492. Disponible en: https://doi.org/10.5944/ rdp.53.2002.9249.
  • Kelsen, H. (1934). Esencia y valor de la democracia. Barcelona: Labor.
  • Loewenstein, K. (1976). Teoría de la Constitución. Barcelona: Ariel.
  • Michels, R. (1969). Los partidos políticos. Buenos Aires: Amorrortu.
  • Miguel Bárcena, J. de (2015). Libertades comunicativas y derechos de la personalidad: límites y colisiones. En J. C. Gavara de Cara, J. de Miguel Bárcena, y D. Capodiferro Cubero (eds.). El control judicial de los medios de comunicación (pp. 65-100). Barcelona: J. M. Bosch. Disponible en: https://doi.org/10.2307/j. ctvrzgzjh.5.
  • Moretón Toquero, A. (2015). Novedades en torno a las libertades de expresión e información en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En J. C. Gavara de Cara, J. de Miguel Bárcena y D. Capodiferro Cubero (eds.). El control judicial de los medios de comunicación (pp. 25-64). Barcelona: J. M. Bosch. Disponible en: https://doi.org/10.2307/j. ctvrzgzjh.5.
  • Navarro Méndez, J. I. (2000). ¿Pueden los partidos políticos expulsar «libremente» a sus afiliados? Revista de Estudios Políticos, 107, 269-295.
  • Navas Castillo, F. (2009). Libertad de expresión y derecho a la información. En A. Torres del Moral (dir.). Libertades Informativas (pp. 89-109). Madrid: Colex.
  • Oliver Araujo, J. y Calafell Ferrá, V. J. (2007). Los estatutos de los partidos políticos: notas sobre su singularidad jurídico-constitucional. Revista de Estudios Políticos, 137, 11-36.
  • Pérez-Moneo, M. (2012). La selección de candidatos electorales en los partidos. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
  • Salvador Martínez, M. (2019). La libertad de expresión de los afiliados a un partido político y sus límites (a propósito de la STC 226/2016). Revista Española de Derecho Constitucional, 115, 391-422. Disponible en: https://doi.org/10.18042/ cepc/redc.115.13.
  • Serrano Maíllo, I. (2011). El derecho a la libertad de expresión en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: dos casos españoles. Teoría y Realidad Constitucional, 28, 579-596. Disponible en: https://doi.org/10.5944/ trc.28.2011.6973.
  • Solozábal Echavarría, J. J. (1991). La libertad de expresión desde la teoría de los derechos fundamentales. Revista Española de Derecho Constitucional, 32, 73-113.
  • Solozábal Echavarría, J. J. (2001). Los derechos colectivos desde la perspectiva constitucional. Cuadernos de Derecho Público, 12, 79-115.
  • Tajadura Tejada, J. (2015). La democracia interna en los partidos políticos: marco constitucional, desarrollo legislativo y realidad política. En M. Contreras Casado y C. Garrido López (eds.). Interiores del Príncipe Moderno (pp. 57-110). Zaragoza: Comuniter.
  • Torres del Moral, A. (1982). Crisis del mandato representativo en el Estado de partidos. Revista de Derecho Político, 14, 7-30. Disponible en: https://doi. org/10.5944/rdp.14.1982.8163.
  • Torres del Moral, A. (2002). Ampliaciones y minoraciones de la libertad de comunicación pública. En La democracia constitucional. Estudios en homenaje al Profesor Francisco Rubio Llorente (pp. 539-571). Madrid: Congreso de los Diputados.
  • Vidal, C. (2014). La libertad de expresión en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional federal alemán. En P. J. Tenorio Sánchez (dir.). La libertad de expresión. Su posición preferente en un entorno multicultural (pp. 245-266). Madrid: Wolters-Kluwer.
  • Vírgala Foruria, E. (2015). La regulación jurídica de la democracia interna en los partidos políticos y sus problemas en España. Teoría y Realidad Constitucional, 35, 225-280. Disponible en: https://doi.org/10.5944/trc.35.2015.14919.