La diversidad cultural en el Derecho Internacionalespecial referencia a la convención de la UNESCO sobre diversidad cultural

  1. Barreiro Carril, Beatriz
Dirigida por:
  1. Carlos R. Fernández Liesa Director/a
  2. Cástor M. Díaz Barrado Director/a

Universidad de defensa: Universidad Carlos III de Madrid

Fecha de defensa: 27 de septiembre de 2010

Tribunal:
  1. Gregorio Peces-Barba Martínez Presidente/a
  2. Fernando Mariño Menéndez Secretario/a
  3. Pedro José González-Trevijano Sánchez Vocal
  4. Cesáreo Gutiérrez Espada Vocal
  5. Jesús José Prieto de Pedro Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 293452 DIALNET

Resumen

El objeto de esta tesis es comprobar la necesidad de un cambio en las dinámicas normativas que servían para proteger la diversidad de las expresiones culturales canalizadas a través del comercio internacional de productos culturales, en el marco de la "excepción cultural", establecida en el seno de la OMC en el año 1993; y, si de hecho, la iniciativa tomada en la UNESCO a través del concepto de diversidad cultural y de la Convención para "la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales" adoptada en octubre de 2005, han sido una respuesta adecuada a dicha necesidad, con qué alcance y con que limitaciones. Así, se analiza el régimen de la "excepción cultural" y se valora en relación con las necesidades de la diversidad cultural. Se analizan los elementos del Derecho Internacional en los que se basa la UNESCO para alumbrar un concepto de diversidad cultural en Derecho Interancional vinculado a la pretensión de lograr un equilibrio cultural en el comercio internacional de productos culturales que ponga freno a la homgeneización cultural que trae aparejada la globalización; concepto que toma su forma jurídica más acabada en la Convención de 2005. Se estudia, analiza, y valora la formación de un consenso en la Comunidad Internacional sobre la necesidad de la creación de una Convención que vele por dicho fin, así como el proceso de elaboración de la misma. Se analiza el contenido normativo del texto desde, principalmente, tres perspectivas de Derecho Internacional diferentes: Los efectos jurídicos del texto en la "soberanía cultural" de los Estados; los efectos jurídicos del texto en la configuración y protección de los derechos culturales; por útlimo, también se analiza el texto desde una perspectiva de cooperación cultural y cooperación cultural al desarrollo. Estas tres perspectivas de análisis no pierden de vista que el fin último de la Convención es el logro de un comercio internacional de productos culturales respetuoso de la diversidad cultural. Este análisis permite valorar el régimen jurídico de la "diversidad cultural" de la Convención de la UNESCO, con la "excepción cultural" del régimen de la OMC. Se estudia, asímismo, la relación entre la Convención y los demás instrumentos de Derecho Internacional, a la luz de las normas establecidas en la misma, y de otras normas de Derecho Internacional. Finalmente se analiza qué lugar aspira a ocupar "la obligación de velar por llevar a cabo el comercio internacional de productos culturales desde el respeto a la diversidad cultural" , establecida por la Convención, en el Derecho Internacional General.