Orientación ideológica y función política de la educación en la historia constitucional española

  1. Daniel Capodiferro Cubero 1
  1. 1 Universidad Nacional de Educación a Distancia
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    Universidad Nacional de Educación a Distancia

    Madrid, España

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Revista:
Historia constitucional: Revista Electrónica de Historia Constitucional

ISSN: 1576-4729

Año de publicación: 2022

Número: 23

Páginas: 1-37

Tipo: Artículo

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Resumen

Este artículo repasa las distintas normas sobre educación que, desde principios del siglo XIX, y en paralelo a la historia constitucional española, han establecido su orientación o condicionamiento ideológico y, con ello, han definido cómo era la integración de los sujetos en los sistemas políticos que se han ido sucediendo. Algo que casi siempre se ha planteado con una intención eminentemente defensiva de la situación definida desde el poder, con independencia de que se tratara de un sistema democrático o autoritario, hasta llegar a la Constitución vigente, cuya previsión al respecto establece una clara diferencia en lo que respecta al ideario educativo.

Referencias bibliográficas

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  • Benito Aláez Corral, “El ideario educativo constitucional como límite a las libertades educativas”, op. cit., p. 93.
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  • Informe de la Junta creada por la Regencia para proponer los medios de proceder al arreglo de los diversos ramos de la Instrucción pública, de 9 de septiembre de 1813.
  • En marzo de 1814 la Comisión de Instrucción Pública de las Cortes presentó su Dictamen de proyecto de decreto sobre el arreglo general de la enseñanza pública.
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  • Germán Gómez Orfanel y Enrique Guerrero Salom, “La educación y la evolución histórica del constitucionalismo español”, op. cit., p. 8.
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  • Francisco Manuel García Costa, “Los instrumentos de la educación constitucional en la obra legislativa de las Cortes de Cádiz”, en Jorge Novella Suárez (ed.), La Constitución de Cádiz en su bicentenario (1812-2012), Edit.um, Murcia, 2013, pp. 158-164.
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  • Alejandro Ávila Fernández, “La enseñanza primaria a través de los planes y programas escolares en la legislación española durante el siglo XIX”, Cuestiones pedagógicas. Revista de ciencias de la educación, nº 6-7, 1989-1990, pp. 216-217.
  • Real Decreto de 16 de febrero de 1825, mediante el que se aprueba y se manda poner en ejecución el plan adjunto y Reglamento de Escuelas de primeras Letras ( Gaceta de Madrid de 22 de febrero de 1825).
  • Antonio Martínez Blanco, La secularización de la enseñanza, Tecnos, Madrid, 1999, p. 148
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  • Ignacio Fernández Sarasola, “Opinión pública y “libertades de expresión” en el constitucionalismo español (1726-1845)”, op. cit., p. 179.
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  • Ignacio Fernández Sarasola, “Opinión pública y “libertades de expresión” en el constitucionalismo español (1726-1845)”, op. cit., p. 185
  • Agustín Escolano Benito, “Claudio Moyano y la Ley de Instrucción Pública de 1857”, en Leoncio Vega Gil (coord.), Moderantismo y educación en España. Estudios en torno a la Ley Moyano, Instituto Florián de Ocampos, Zamora, 1995, p. 79.
  • Real Decreto de 4 de agosto de 1836, por el que se aprueba el Plan General de Instrucción Pública (Gaceta de Madrid de 9 de agosto de 1836), elaborado a partir de la habilitación otorgada mediante Decreto de 31 de agosto de 1834 (Gaceta de Madrid de 3 de septiembre de 1834), donde se encuentra la justificación de la norma.
  • Manuel de Puelles Benítez, Textos sobre la educación en España (Siglo XIX), op. cit., p. 35
  • María del Mar Martín García, “Antecedentes históricos de la libertad de enseñanza en España”, op. cit., p. 103.
  • Real Orden del Ministerio de la Gobernación de 26 de octubre de 1836, (Gaceta de Madrid de 6 de noviembre de 1836).
  • Salvador Pérez Álvarez, “Conciencia, educación y enseñanza en el ideario educativo español de signo liberal (1812-1845)”, op. cit. p. 21.
  • Manuel de Puelles Benítez, “Reflexiones sobre la formación del Estado liberal y la construcción del sistema educativo (1834-1857)”, en Leoncio Vega Gil (coord.), Moderantismo y educación en España. Estudios en torno a la Ley Moyano, Instituto Florián de Ocampos, Zamora, 1995, p. 51.
  • Antonio Martínez Blanco, La secularización de la enseñanza, op. cit., p. 149,
  • Salvador Pérez Álvarez, “Conciencia, educación y enseñanza en el ideario educativo español de signo liberal (1812-1845)”, op. cit., p. 20.
  • Manuel de Puelles Benítez, “Reflexiones sobre la formación del Estado liberal y la construcción del sistema educativo (1834-1857)”, op. cit., p. 53.
  • Ley de 21 de julio de 1938, regulando provisionalmente el plan de estudios de instrucción primaria (Gaceta de Madrid de 28 de agosto de 1838).
  • Antonio Martínez Blanco, La secularización de la enseñanza, op. cit., p. 149.
  • Alejandro Ávila Fernández, “La enseñanza primaria a través de los planes y programas escolares en la legislación española durante el siglo XIX”, op. cit., p. 224.
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  • Manuel de Puelles Benítez, Textos sobre la educación en España (Siglo XIX), op. cit., p. 45.
  • Real Decreto de 17 de septiembre de 1845, aprobando el Plan General de Estudios (Gaceta de Madrid de 25 de septiembre de 1845), y aunque toma el nombre del Ministro de la Gobernación, la autoría intelectual del proyecto se atribuye en gran medida a Antonio Gil de Zárate.
  • Mariano Peset Reig, “El plan Pidal de 1845 y la enseñanza en las Facultades de Derecho”, Anuario de historia del derecho español, nº 40, 1970, p. 615
  • Antonio Gil de Zárate, De la instrucción pública en España, Tomo I, Imprenta del Colegio de Sordo-mudos, Madrid, 1855, p. 117.
  • Alejandro Ávila Fernández, “La enseñanza primaria a través de los planes y programas escolares en la legislación española durante el siglo XIX”, op. cit., p. 225.
  • Antonio Martínez Blanco, La secularización de la enseñanza, op. cit., p. 149.
  • Salvador Pérez Álvarez, “Conciencia, educación y enseñanza en el ideario educativo español de signo liberal (1812-1845)”, op. cit., p. 35.
  • Art. 397 del Reglamento de Ejecución del Plan de Estudios de 22 de octubre de 1845 (Gaceta de Madrid, del 31 de octubre al 7 de noviembre de 1845).
  • Mariano Peset Reig, “El plan Pidal de 1845 y la enseñanza en las Facultades de Derecho”, op. cit. p. 621.
  • Manuel de Puelles Benítez, Textos sobre la educación en España (Siglo XIX), op. cit., p. 45.
  • Salvador Pérez Álvarez, “Conciencia, educación y enseñanza en el ideario educativo español de signo liberal (1812-1845)”, op. cit., p. 35.
  • Gaceta de Madrid de 10 de septiembre de 1857.
  • Beatriz Souto Galván, Educación y creencias. Nuevas y viejas querellas sobre cuestiones educativas, op. cit., pp. 95-96.
  • Agustín Escolano Benito, “Claudio Moyano y la Ley de Instrucción Pública de 1857”, op. cit., pp. 68-69.
  • Salvador Pérez Álvarez, “Conciencia, educación y enseñanza en el ideario educativo español de signo liberal (1812-1845)”, op. cit., pp. 37-38.
  • Manuel de Puelles Benítez, Textos sobre la educación en España (Siglo XIX), op. cit., p. 45.
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  • Salvador Pérez Álvarez, “Conciencia, educación y enseñanza en el ideario educativo español de signo liberal (1812-1845)”, op. cit., p. 42.
  • Art. 36 del Reglamento de Exámenes de Primera Enseñanza (Gaceta de Madrid de 17 de junio de 1864).
  • Real Orden de 27 de octubre de 1864 (Gaceta de Madrid de 28 de octubre de 1864).
  • Gaceta de Madrid de 23 de enero de 1867.
  • Gaceta de Madrid de 4 de junio de 1868.
  • Manuel de Puelles Benítez, Textos sobre la educación en España (Siglo XIX), op. cit., p. 84.
  • Antonio Viñao Frago, “La educación en el sexenio (1868-1874). Libertades formales y libertades reales”, Anales de Pedagogía, nº 3, 1985, pp. 88-89.
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  • Gaceta de Madrid de 26 de octubre de 1868.
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  • Decreto de 14 de enero de 1869 (Gaceta de Madrid de 15 de enero de 1869)
  • Gaceta de Madrid de 15 de octubre de 1868.
  • Manuel de Puelles Benítez, Textos sobre la educación en España (Siglo XIX), op. cit., p. 91.
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  • Beatriz Souto Galván, Educación y creencias. Nuevas y viejas querellas sobre cuestiones educativas, op. cit., p. 98.
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  • Antonio Viñao Frago, “La educación en el sexenio (1868-1874). Libertades formales y libertades reales”, op. cit., p. 101.
  • Gonzalo Capellán de Miguel, “Política educativa bajo los gobiernos de Cánovas y Sagasta: propuestas para una interpretación”, Berceo, nº 139, 2000, p. 128.
  • Antonio Torres del Moral, Constitucionalismo histórico español, op. cit., p. 133.
  • Manuel de Puelles Benítez, Textos sobre la educación en España (Siglo XIX), op. cit., p. 98.
  • Antonio Viñao Frago, “La educación en el sexenio (1868-1874). Libertades formales y libertades reales”, op. cit., p. 91.
  • Gaceta de Madrid de 30 de julio de 1874.
  • María Teresa Regueiro García, “La libertad de cátedra en el Ordenamiento español”, op. cit., p. 190.
  • Tanto el Real Decreto como la Circular de la misma fecha se publicaron en la Gaceta de Madrid de 27 de febrero de 1875, siendo ambos obra del mismo Ministro que estuvo detrás de la Ley de Instrucción Primaria de 1868, Manuel Orovio.
  • Antonio Martínez Blanco, La secularización de la enseñanza, op. cit., pp. 156-157.
  • Real Decreto de 20 de julio de 1900 (Gaceta de Madrid de 22 de julio de 1900)
  • Real Orden de 15 de octubre de 1914 (Gaceta de Madrid de 20 de octubre de 1914), que autorizaba a los eclesiásticos de la Compañía de Jesús, Escuelas Pías o Agustinos para ejercer la enseñanza.
  • Real Decreto de 18 de noviembre de 1907 (Gaceta de Madrid de 24 de noviembre de 1907).
  • Gonzalo Capellán de Miguel, “Política educativa bajo los gobiernos de Cánovas y Sagasta: propuestas para una interpretación”, op. cit., pp. 131-134.
  • María Teresa Regueiro García, “La libertad de cátedra en el Ordenamiento español”, op. cit., p. 191.
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  • Decreto de 16 de septiembre de 1894 (Gaceta de Madrid de 18 de septiembre de 1894), donde se hace alguna vaga referencia a los “ciudadanos como miembros activos de la civilización de su época”
  • Decreto de 13 de septiembre de 1898 (Gaceta de Madrid de 14 de septiembre de 1898).
  • Manuel de Puelles Benítez, Modernidad, republicanismo y democracia: una historia de la educación en España (1898-2008), Tirant lo Blanch, Valencia, 2009, pp. 211-232.
  • Real Decreto de 3 de febrero de 1910 (Gaceta de Madrid de 4 de febrero de 1910).
  • Antonio Martínez Blanco, La secularización de la enseñanza, op. cit., p. 162. El autor referencia erróneamente la norma precedente como de 15 de abril de 1913.
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  • Real Orden de 12 de febrero de 1924 (Gaceta de Madrid de 15 de febrero de 1924).
  • Real Orden de 13 de octubre de 1925 (Gaceta de Madrid de 14 de octubre de 1925).
  • Real Decreto nº 640, de 4 de abril de 1927 (Gaceta de Madrid de 5 de abril de 1927).
  • Ramón López Martín, “La inspección de enseñanza primaria en la dictadura de Primo de Rivera”, op. cit., pp. 318-321.
  • Gaceta de Madrid de 28 de agosto de 1926.
  • Real Decreto-Ley nº 934, de 19 de mayo de 1928 (Gaceta de Madrid de 21 de mayo de 1928).
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  • Ignacio Torres Muro, “La educación en tres momentos constitucionales (1812, 1931, 1978)”, op. cit., pp. 405-406 y 409.
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  • Preámbulo de la Ley 16/1967, de 8 de abril, sobre unificación del primer ciclo de la Enseñanza Media (BOE de 11 de abril de 1967). Su art. 1 prescribe que durante este ciclo se prestará una atención especial a la orientación escolar de los alumnos.
  • Ley 27/1964, de 29 de abril, sobre ampliación del período de escolaridad obligatoria hasta los catorce años (BOE de 4 de mayo de 1964), si bien ésta vuelve en su Preámbulo sobre las razones patrióticas, presentando la medida como la “solución de los problemas económicos y sociales actualmente planteados” en el país.
  • Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa (BOE de 6 de agosto de 1970).
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  • Orden de 22 de marzo de 1975 por la que se desarrolla el Decreto 160/1975, de 23 de enero, que aprueba el Plan de Estudios del Bachillerato, y se regula el Curso de Orientación Universitaria (BOE de 18 de abril de 1975).
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  • Orden de 29 de noviembre de 1976 por la que se establecen nuevos contenidos en las orientaciones pedagógicas del área social en la segunda etapa de la Educación General Básica (BOE de 3 de diciembre de 1976), prorrogada por la Orden de 30 de junio de 1977 (BOE de 29 de julio de 1977) para el curso 1977-1978, cuyo preámbulo incluso ahonda más en la idea de la formación integral del individuo para su desarrollo social y la participación activa.
  • Real Decreto 426/1977, de 4 de marzo, por el que se suprime la asignatura de Formación Política en la Universidad (BOE de 22 de marzo de 1977).
  • Real Decreto 2675/1976, de 15 de octubre, por el que se suspenden las enseñanzas de Formación Política en los Centros de Bachillerato y de Formación Profesional durante el curso académico 1977-78 (BOE de 27 de octubre de 1977).
  • Manuel de Puelles Benítez, Educación e ideología en la España contemporánea, op. cit., p. 488.
  • Pablo Nuevo López, La Constitución educativa del pluralismo. Una aproximación desde la teoría de los derechos fundamentales, op. cit., pp. 53-54.
  • Las enmiendas completas al Anteproyecto de Constitución están disponibles en: [http://www.congreso.es/constitucion/ficheros/enmiendas/enmcongreso.pdf] (Consultado: 28/03/2021).
  • Manuel de Puelles Benítez, Modernidad, republicanismo y democracia: una historia de la educación en España (1898-2008), op. cit., p. 397.
  • Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados, nº 106, 1978, pp. 4019-4020.
  • Vid. la intervención del Diputado de Alianza Popular Federico Silva Muñoz en el debate en el Pleno del Congreso sobre el Dictamen del proyecto de Constitución. Ibídem, p. 4022.
  • Respuesta del Diputado de la UCD Blas Camacho Zancada en el mismo debate, Ibídem, p. 4026.
  • Francisco José Díaz Revorio, Los Derechos Fundamentales del Ámbito Educativo en el Ordenamiento Estatal y Autonómico de Castilla-La Mancha, Ediciones Parlamentarias de Castilla-La Mancha, Toledo, 2002, p. 63.
  • Carlos Vidal Prado, “El diseño constitucional de los derechos educativos ante los retos presentes y futuros”, Revista de Derecho Político, nº 100, 2017, p. 742.
  • Por todas, la STC 74/2018, de 5 de julio de 2018, FJ4º, y los Fallos allí citados.
  • Ana Valero Heredia, “Ideario educativo constitucional y “homeschooling”: a propósito de la Sentencia del Tribunal Constitucional 133/2010, de 2 de diciembre”, op. cit., pp. 420-421.
  • Real Decreto de 25 de abril de 1913 (Gaceta de Madrid de 26 de abril de 1913).