Relación entre Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional. Autocontención del Tribunal Constitucional

  1. Tenorio Sánchez, Pedro 1
  1. 1 Universidad Nacional de Educación a Distancia
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    Universidad Nacional de Educación a Distancia

    Madrid, España

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Revista:
Teoría y realidad constitucional

ISSN: 1139-5583

Ano de publicación: 2022

Título do exemplar: Poder Judicial

Número: 50

Páxinas: 291-324

Tipo: Artigo

DOI: 10.5944/TRC.50.2022.36375 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openDialnet editor

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Resumo

El presente trabajo estudia las manifestaciones de autocontención o autolimitación (self restraint) del Tribunal Constitucional, es decir, de aquellos ámbitos en los que, dentro del margen que le otorga la Constitución y la ley, dicho Tribunal ha mostrado una deferencia con la actuación de los órganos judiciales, en la búsqueda de trazar el perímetro que le es propio en su actuación. Hay algunos supuestos en que si se habla de autocontención lo sería en sentido impropio, porque la deferencia hacia la jurisdicción ordinaria es una exigencia normativa, de la LOTC. En otros ámbitos, que podríamos denominar de autocontención en sentido propio, la autolimitación viene expresada en construcciones del propio Tribunal Constitucional, sin perjuicio de que las mismas encuentren su anclaje en definitiva en la posición que la Constitución reserva al Tribunal Constitucional, a la jurisdicción ordinaria y al Tribunal Supremo.

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