La subrogación mortis causa en el contrato de inquilinato

  1. Almagro Nosete, José
Revista:
Diario La Ley

ISSN: 1989-6913

Ano de publicación: 2012

Número: 7958

Tipo: Artigo

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Resumo

La doctrina jurisprudencial sentada por la sentencia de la Sala de lo civil del Tribunal Supremo, de 5 de mayo de 2012, resuelve con toda claridad, las dudas planteadas por diversas sentencias de las Audiencias al configurar la subrogación «mortis causa» del arrendamiento de viviendas, como un negocio formal que exige para su validez, la concurrencia y el cumplimiento expreso de todos los requisitos que determina la ley arrendaticia. No se admite, pues, la subrogación basada en un consentimiento tácito de la parte arrendadora.