Competencia judicial internacional en materia laboral cuando el trabajador no ha realizado ninguna prestación efectivaSentencia del Tribunal de Justicia de 25 de febrero de 2021, as. C- 804/19

  1. Guillem Gabriel Pizarro 1
  1. 1 Universitat Autònoma de Barcelona
    info

    Universitat Autònoma de Barcelona

    Barcelona, España

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Revista:
La Ley Unión Europea

ISSN: 2255-551X

Año de publicación: 2021

Título del ejemplar: Contrato entre Astrazeneca y la Comisión Europea

Número: 90

Tipo: Artículo

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Resumen

En la Sentencia de 25 de febrero de 2021 el TJUE se consagra el ámbito de aplicación de la protección especial en materia de contratos de trabajo individuales a los contratos laborales negociados y celebrados, sin necesidad de una prestación efectiva por parte del trabajador. Además, se determina que cuando no exista dicha prestación efectiva el lugar de trabajo habitual será, en principio, el lugar de trabajo pactado contractualmente. No obstante, la presente solución no deja de plantear problemas en los supuestos donde exista un empleador activo, obligando a reconsiderar los criterios que rigen la protección especial de los trabajadores en el RB I bis