Smart Contract¿Contrato inteligente o programa informático? ¿Qué son —exactamente— los Smart Contracts? ¿Cuál es su naturaleza, filosofía y principios inspiradores?
- Sonia Calaza López coord. 1
- José María Anguiano Jiménez 2
- Ana Fernandez-Tresguerres García
- Jorge Feliu Rey 3
- Jordi Gimeno Beviá 1
- Agustín Madrid Parra 4
- Aura Esther Vilalta Nicuesa 5
-
1
Universidad Nacional de Educación a Distancia
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- 2 Abogado
-
3
Universidad Carlos III de Madrid
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-
4
Universidad Pablo de Olavide
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- 5 UOC
- O'Callaghan Muñoz, Xavier (dir.)
ISSN: 0213-7100
Año de publicación: 2023
Número: 6
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Actualidad civil
Resumen
En este Debate sobre Tecnología Blockchain se parte del concepto, naturaleza, filosofía y principios inspiradores de los Smart Contracts, para plantear a seis grandes especialistas en la materia: ¿Qué son —exactamente— los Smart Contracts? ¿Su naturaleza es —realmente— contractual o son sencillos programas informáticos autoejecutables —con imposición de condiciones y posible indemnización ante su incumplimiento— sin ninguna connotación contractual? ¿Tienen alguna responsabilidad los mineros o el oráculo ante la sobrevenida e inesperada irrupción de fallos o maldades del sistema? ¿Cuál es la filosofía de esta —pretendida— opción contractual inteligente que se instaura en un hábitat exclusivamente electrónico al margen de la Ley? ¿Cuánto de inteligentes son estos contratos? ¿Cuál es la filosofía de los Smart Contracts? Y por fin: ¿Deben ser regulados o podemos asumir sin más —y extramuros del Derecho— nada menos que toda una Tecnología o cadena de bloques consistente, en esencia, en una gran base de datos integrada por un libro, catálogo o registro electrónico —descentralizado, distribuido, inmutable y construido sobre la base del consenso— dónde constan todas y cada una de las actuaciones digitales o transacciones realizadas por sus integrantes, con un idioma y moneda propios?