El derecho al acceso, permanencia y promoción de la educación inclusiva en España. Claves técnico-jurídicas para la configuración del derecho

  1. Sornichero Martínez, Ángel
Supervised by:
  1. María Méndez Rocasolano Director
  2. José Ruiz Espinosa Director

Defence university: Universidad Católica San Antonio de Murcia

Fecha de defensa: 01 March 2022

Committee:
  1. Jorge Luis Jiménez Leube Chair
  2. Antonia Navas Castillo Secretary
  3. Florentina Navas Castillo Committee member

Type: Thesis

Teseo: 670154 DIALNET lock_openTESEO editor

Abstract

La presente tesis doctoral lleva como título “El derecho al acceso, permanencia y promoción de la educación inclusiva en España. Claves técnico-jurídicas para la configuración del derecho”, basada en una profunda reflexión sobre la educación inclusiva desde un punto de vista multidisciplinar, aunque centrada en el Derecho. La inclusión educativa es un término multidisciplinar que surge de la evolución de las prácticas de integración implementadas en los centros educativos de nuestro sistema en los años finales del siglo pasado y principios del presente. En estos últimos años el concepto está teniendo un gran impacto a nivel educativo y social sobre todo para las familias de las personas con discapacidades graves y permanentes, no sólo en lo que a escolarización se refiere sino también en el tratamiento recibido durante la vida escolar y la falta de oportunidades en enseñanzas postobligatorias y laborales que condenan a estas personas al olvido social. Para las asociaciones que defienden los derechos e intereses de este colectivo, el acceso al sistema educativo en un centro de educación especial de aquéllos que presentan alteraciones graves y permanentes lo consideran discriminatorio, por lo que instan a las administraciones competentes a que garanticen la respuesta educativa a este alumnado en el seno de los centros educativos ordinarios, a los que se tendrá que dotar de todos los medios necesarios, sean estos de tipo material o humano. El concepto de educación inclusiva va más allá de la satisfacción de las necesidades de escolarización de las personas con diversidad funcional, ya que supone una nueva manera de entender la escuela donde van a tener cabida todas las capacidades del alumnado en una unidad formativa que traería como consecuencia la normalización de estas personas en el sistema educativo y en la sociedad. Bajo los parámetros de los diseños universales como piedra angular para el establecimiento de productos y servicios abiertos a todas las personas en la medida de lo posible sin necesidad de establecer especialidades en el diseño ni adaptaciones en los mismos, se busca la superación del modelo médico-asistencial centrado en el déficit imperante hasta la fecha. La permanencia y promoción del sistema educativo son dimensiones de este derecho que deben llevarse a la práctica bajo estos parámetros para garantizar así la igualdad de oportunidades de todas las personas, incluidas las que presentan discapacidad, lo que les permitiría disfrutar con la máxima independencia posible de la vida en sociedad. Con el presente trabajo también se pretende realizar un análisis del concepto a través de la normativa vigente a nivel nacional e internacional, tomando como referencia principal la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad (CIDPD). La inclusión educativa se encuentra en nuestro ordenamiento jurídico formulada como un principio por el que se debe regir la actuación de los poderes públicos en el sistema educativo según el art. 1 de la LOE, tratamiento que no ha sido superado por la reciente reforma de la principal ley educativa a través de la Ley Orgánica 3/2020, de 26 de diciembre, para la Mejora de la LOE (LOMLOE o Ley Celaá). Aunque la jurisprudencia avala la existencia de un derecho fundamental al acceso al sistema educativo en condiciones de igualdad por la aplicación conjunta de los artículos 14 y 27 de la Constitución Española, no se reconoce como derecho subjetivo y establecen el límite del ejercicio de este derecho en la carga desproporcionada para la administración, que por motivos económicos, no tiene por qué garantizar este derecho de todas las personas con discapacidad, olvidando las dimensiones de permanencia y promoción donde no existe pronunciamiento alguno debido a que no pueden ser objeto de litigio ya que no derivan de un acto administrativo. A través de distintas teorías, como la de la dinamogénesis de los valores, se argumentará efectivamente la existencia de un derecho subjetivo de las personas con discapacidad a la educación inclusiva, por lo que se propondrá la revisión de los criterios económicos de las administraciones educativas y el establecimiento de una ley de desarrollo sobre este concepto para hacer realidad este derecho fundamental de las personas con discapacidad en su triple dimensión de acceso, permanencia y promoción.