La policía local y su habilitación competencial ante los delitos de odio

  1. Casanova Sánchez, Carlos
Zuzendaria:
  1. Tomás Fernández Villazala Zuzendaria
  2. César Augusto Giner Alegría Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad Católica San Antonio de Murcia

Fecha de defensa: 2022(e)ko abendua-(a)k 13

Epaimahaia:
  1. María Dolores Serrano Tárraga Presidentea
  2. José Antonio García Borrego Idazkaria
  3. José Eugenio Medina Sarmiento Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 782093 DIALNET lock_openTESEO editor

Laburpena

Las denuncias registradas por hechos discriminatorios muestran un importante y continuo incremento de estos sucesos en los últimos años, como así se puede evidenciar por medio de los datos publicados por el Ministerio del Interior en sus Informes anuales sobre la evolución de los “delitos de odio”. Este hecho conduce, necesariamente, a replantear la perspectiva y el plan de lucha que contra estos actos discriminatorios se pretende llevar a cabo por parte de las diferentes administraciones públicas implicadas. En esta lucha cobran un importante papel las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y, de un modo singular, los Cuerpos de Policía Local que, como garantes del libre ejercicio de los derechos y libertades, muestran un férreo compromiso en la lucha contra estos hechos discriminatorios. Precisamente hacia esa directriz está encaminado el presente estudio. El análisis de los datos que, desde el año 2013 se publican por parte del Ministerio del Interior (a través de la Oficina Nacional de Lucha Contra los Delitos de Odio), ha servido para comprender la tendencia evolutiva de estos hechos. De un modo (casi) necesario, se ha realizado una investigación introductoria para la revisión histórica de los antecedentes legislativos, tanto nacionales como internacionales, de los albores del concepto penal del odio y su tipicidad, donde se pone de manifiesto la importancia de acontecimientos históricos como la Segunda Guerra Mundial en la significación de estos tipos penales para con los diferentes textos legales en el ámbito internacional. Para poder concretar el presente estudio sobre la locución “delito de odio”, ha sido necesaria la conceptualización de diferentes términos y nociones como: el odio como delito; la circunstancia agravante por discriminación; el adelanto de la barrera punitiva; la posible imprecisión del bien jurídico a proteger; o la indeterminación del peligro abstracto que constituye el odio como circunstancia predelictiva. Cuestiones éstas, que facilitan la intelección del concepto “delito de odio” y de las cuestiones jurídico-legales que lo delimitan. Dentro del marco de este tipo de delitos por discriminación cobra una importancia obligatoria el conocido como “discurso de odio”, sobre el que se han estudiado los principios nucleares que sobre el mismo recaen (intención, riesgo y contexto), amén de conceptualizarlo y analizar los antecedentes legislativos nacionales que contextualizan en nuestro panorama legislativo actual. El estudio del marco normativo de estos tipos delictivos ha supuesto una significativa parte en este trabajo de investigación. Tanto la contextualización en el panorama internacional de los estándares de protección, como la regulación nacional actual tras las importantes reformas de nuestro Código Penal sufridas en los años 2015, 2021 y la reciente modificación de julio de 2022, facilitan la conceptualización y comprensión necesaria para obtener una visión integral de estos delitos. Al estudio desde la perspectiva penal de estos hechos, se han incorporado las diferentes normas legales en el ámbito administrativos que, junto con nuestro Código Penal, dan cobertura legal a la lucha contra los actos discriminatorios en nuestro país, incluyendo la reciente entrada en vigor de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación. Para mayor abundamiento en el conocimiento de la aplicabilidad de estos tipos penales, se ha realizado un estudio jurisprudencial. Éste ha consistido en el análisis de distintas sentencias desde una triple perspectiva, esto es, desde el plano constitucional, el ámbito penal y, finalmente, desde el panorama internacional. La delimitación competencial acerca de la intervención de los diferentes Cuerpos Policiales que operan en nuestro país en materia de “delitos de odio”, ha supuesto otra pieza importante en el presente trabajo de investigación. La descripción del modelo policial español y la atribución de las funciones competenciales de éstos en materia de delitos discriminatorios, ha permitido poner de manifiesto la importancia que cobran los Cuerpos de Policía Local en su lucha y, sobre todo, en su prevención. Resulta, pues, de capital importancia la cercanía que este Cuerpo posee con la ciudadanía y con el conocido como tercer sector, para llevar a cabo esta labor preventiva. En materia de capacidad investigadora, los Cuerpos de Policía Local encuentran su habilitación legal (fuera del ámbito competencial de la Policía Judicial de Tráfico en casco urbano) en el Convenio Marco firmado entre el Ministerio del Interior y la Federación Española de Municipios y Provincias, donde, existe una capacidad atributiva de competencias en funciones de Policía Judicial para la investigación de “faltas o delitos menos grave” (actualmente delitos leves y menos graves). Así las cosas, se detallan las diferentes unidades específicas en materia de “delitos de odio” con las que actualmente cuentan los diferentes Cuerpos Policiales, destacando la primera en su creación en el Cuerpo de la Policía Local de Fuenlabrada. En el marco del estudio de las competencias policiales en esta materia, se desarrolla un Manual Operativo de Actuación Policial para los Cuerpos de Policía Local que, sin la exigencia de haber firmado el precitado Convenio Marco, pueda servir de guía en las actuaciones ante hechos discriminatorios, ya sean constitutivos de delito o no.