"Pensión de viudedad y convivencia ""more uxorio"""
- BLANCO PÉREZ-RUBIO, LOURDES
- Carlos Lasarte Álvarez Director
Universidad de defensa: Universidad Carlos III de Madrid
Año de defensa: 1991
- José Beltrán de Heredia Castaño Presidente/a
- Rosario Valpuesta Fernández Secretario/a
- Jorge Caffarena Laporta Vocal
- José Manuel González Porras Vocal
- Ángel Fernando Pantaleón Prieto Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
SE ABORDA LA FIGURA DE LA PENSION DE VIUDEDAD, ANALIZANDO LOS REQUISITOS LEGALMENTE ESTABLECIDOS TANTO PARA QUE EL CAUSANTE GENERE DERECHOS A LA PENSION COMO PARA QUE EL BENEFICIARIO PUEDA TENER DERECHO A LA MISMA. SE ESTUDIA EL CONCEPTO DE LA CONVIVENCIA DE HECHO Y SE ANALIZAN LOS REQUISITOS NECESARIOS PARA QUE LAS PERSONAS TENGAN DERECHO A LA PENSION DE VIUDEDAD HACIENDO REFERENCIA A LA "PRORRATA TEMPORIS" QUE PERMITE DISTRIBUIR LA PENSION DE VIUDEDAD ENTRE CONVIVIENTE SUPERSTITE Y VIUDO. POR ULTIMO, SE PLANTEA LA CUESTION DE SI LOS SUPUESTOS DE CONVIVENCIA DEBEN SER OBJETO DE RECONOCIMIENTO A EFECTOS DE LA PRESTACION POR MUERTE DE UNO DE LOS CONVIVIENTES Y DE QUE MANERA PUEDE INTEGRARSE EN LA LEGISLACION POSITIVA.