"Pensión de viudedad y convivencia ""more uxorio"""

  1. BLANCO PÉREZ-RUBIO, LOURDES
Dirixida por:
  1. Carlos Lasarte Álvarez Director

Universidade de defensa: Universidad Carlos III de Madrid

Ano de defensa: 1991

Tribunal:
  1. José Beltrán de Heredia Castaño Presidente/a
  2. Rosario Valpuesta Fernández Secretario/a
  3. Jorge Caffarena Laporta Vogal
  4. José Manuel González Porras Vogal
  5. Ángel Fernando Pantaleón Prieto Vogal

Tipo: Tese

Teseo: 32915 DIALNET

Resumo

SE ABORDA LA FIGURA DE LA PENSION DE VIUDEDAD, ANALIZANDO LOS REQUISITOS LEGALMENTE ESTABLECIDOS TANTO PARA QUE EL CAUSANTE GENERE DERECHOS A LA PENSION COMO PARA QUE EL BENEFICIARIO PUEDA TENER DERECHO A LA MISMA. SE ESTUDIA EL CONCEPTO DE LA CONVIVENCIA DE HECHO Y SE ANALIZAN LOS REQUISITOS NECESARIOS PARA QUE LAS PERSONAS TENGAN DERECHO A LA PENSION DE VIUDEDAD HACIENDO REFERENCIA A LA "PRORRATA TEMPORIS" QUE PERMITE DISTRIBUIR LA PENSION DE VIUDEDAD ENTRE CONVIVIENTE SUPERSTITE Y VIUDO. POR ULTIMO, SE PLANTEA LA CUESTION DE SI LOS SUPUESTOS DE CONVIVENCIA DEBEN SER OBJETO DE RECONOCIMIENTO A EFECTOS DE LA PRESTACION POR MUERTE DE UNO DE LOS CONVIVIENTES Y DE QUE MANERA PUEDE INTEGRARSE EN LA LEGISLACION POSITIVA.