Los convenios entre Administraciones Públicas

  1. Rodríguez de Santiago, José María
Dirixida por:
  1. Alfredo Gallego Anabitarte Director

Universidade de defensa: Universidad Autónoma de Madrid

Fecha de defensa: 20 de xullo de 1995

Tribunal:
  1. Rafael Entrena Cuesta Presidente/a
  2. Francisco Javier Jiménez de Cisneros Cid Secretario/a
  3. Ángel Menéndez Rexach Vogal
  4. José Ramón Parada Vázquez Vogal
  5. José Ignacio López González Vogal

Tipo: Tese

Teseo: 50410 DIALNET

Resumo

SON CONVENIOS ENTRE ADMINISTRACIONES PUBLICAS AQUELLOS QUE TIENEN COMO PARTES CONTRATANTES EXCLUSIVAMENTE ORGANIZACIONES JURIDICO-PUBLICAS, SOMETIDAS AL DERECHO PUBLICO ESPAÑOL, DE NATURALEZA TERRITORIAL, INSTITUCIONAL O, EXCEPCIONALMENTE, CORPORATIVA. SEGUN SU OBJETO SE CLASIFICAN ESTOS CONVENIOS: 1. CONVENIOS DE COLABORACION EN SENTIDO ESTRICTO (LAS PARTES SE COMPROMETEN A MANIFESTACIONES TIPICAS DEL PRINCIPIO DE COOPERACION: INFORMACION, AUDIENCIA, ASISTENCIA TECNICA, AYUDA FINANCIERA), 2, CONVENIOS DE COMPETENCIAS, 3. CONVENIOS NORMATIVOS Y 4. CONVENIOS PARA LA CREACION DE ORGANOS Y ORGANIZACIONES MIXTAS (INTEGRADAS POR REPRESENTANTES DE TODAS LAS ADMINISTRACIONES SUSCRIBIENTES, CON UNA GRADUACION QUE VA DESDE LOS ORGANOS COMUNES DE CARACTER DELIBERANTE Y CONSULTIVO HASTA INSTITUCIONES CUYAS DECISIONES PRETENDEN VINCULAR A LAS PARTES). SALVO QUE EL CONTENIDO DEL CONVENIO NO SEA OBJETO IDONEO DE CONTRATACION, Y SALVO QUE QUEPA DEDUCIR QUE LAS PARTES NO QUISIERON VINCULARSE, SON LOS CONVENIOS CONTRATOS VINCULANTES PARA LAS PARTES, QUE, NO OBSTANTE, PUEDEN EXIGIR SU MODIFICACION O RESOLUCION POR INTERES PUBLICO.