El testamento de persona con discapacidad sensorialuso de medios tecnológicos y la prueba biométrica basada en la voz en el renovado Código Civil y derecho civil catalán

  1. Mª Fernanda Moretón Sanz 1
  1. 1 Universidad Nacional de Educación a Distancia
    info

    Universidad Nacional de Educación a Distancia

    Madrid, España

    ROR https://ror.org/02msb5n36

Revista:
Revista Crítica de Derecho Inmobiliario

ISSN: 0210-0444

Año de publicación: 2022

Año: 98

Número: 794

Páginas: 3314-3349

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Revista Crítica de Derecho Inmobiliario

Resumen

La aprobación y entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, ha supuesto un cambio de tal magnitud —en particular en el ámbito de la capacidad, su concreción en ciertas instituciones sucesorias— que, doctrina, jurisprudencia, el cauce preferente de la jurisdicción voluntaria y, por ende, el mundo notarial y operadores jurídicos en definitiva, han de adaptarse a esta intensa transformación institucional. En resumidas cuentas, a partir de la entrada en vigor de la mencionada norma, nos adentramos en un «sistema basado en el respeto a la voluntad y las preferencias de la persona con discapacidad», teniendo en cuenta que el sujeto protagonista es el de la transmutada disposición adicional cuarta de nuestro Código Civil común. Por tanto y frente a la redacción original sobre testamento abierto e incluso, su reforma materializada a través de la Ley 30/1991, de 20 de diciembre, que atendía al «deseo generalizado de hacer posible mayor grado de discreción y reserva para un acto tan íntimo», lo cierto es que, por fin, dispensa de las viejas y alambicadas exigencias legales reclamadas para las personas con discapacidad sensorial. En especial, es el supuesto de las personas con discapacidad visual, tanto en el testamento abierto, cuanto, en el cerrado, ya que inaugura esta última posibilidad de fijación de últimas voluntades, sea por medios mecánicos cuanto tecnológicos. Apréciese que estos métodos habían sido objeto de fortísimas críticas, objeciones y reproches al renovado Derecho foral catalán —Ley 6/2019, de 23 de octubre, de modificación del libro cuarto del Código Civil de Cataluña, relativo a las sucesiones, para garantizar la igualdad de derechos y la no discriminación de las personas con discapacidad sensorial—. En el tenor literal de esta reforma donde el «testamento otorgado por una persona con discapacidad sensorial» elimina las restricciones precedentes para ordenar sus últimas voluntades, habida cuenta de los avances tecnológicos dotados de plena fiabilidad y seguridad jurídicas. Es el caso de los artículos 421.8 y 421.14 que disponen, no solo su presencia como testigo sino, en particular, la redacción de testamento abierto y cerrado, incluida la escritura en braille. En síntesis, estas líneas ratifican cómo el legislador frena la discriminación testamentaria de las personas con discapacidad visual y se adapta a la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, la Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea, entre otras normas. Y, sin duda, se rinde a la evidencia y fiabilidad del progreso tecnológico.

Referencias bibliográficas

  • ARRIMADAS GARCÍA (2005), Algunas notas sobre los testamentos especiales, Fundamentos romanísticos del Derecho contemporáneo, Tomo VIII, Coimbra.
  • BLANQUER UBEROS, (1991), Comentario a la sección quinta Del testamento abierto. Artículo 694 a 705 del Código Civil en Paz-Ares Rodríguez, Díez-Picazo Ponce de León, Bercovitz, Salvador Coderch, (Dirs.), Comentario del Código Civil, Tomo I, Ministerio de Justicia, Madrid, 1752 a 1784.
  • BUSTO LAGO, (2008), La sucesión testada en la Ley 2/2006, de 14 de junio de Derecho Civil de Galicia, RCDI, 705, 23 y sigs.
  • DOMÍNGUEZ LUELMO y ÁLVAREZ ÁLVAREZ, (2021), El testamento, en Manual de Derecho civil, Vol. VI. Derecho de sucesiones, (Dir. Llamas Pombo) La Ley, Madrid, 2021.
  • FELIÚ REY, (1991), Breve apunte crítico al Proyecto de Ley sobre supresión de testigos en los testamentos, RCDI, 607, 2261 y sigs.
  • FERREIRA, (1993), La idoneidad de los testigos en los testamentos, RCDI, 617, 863 y sigs.
  • FRANCISCO SÁNCHEZ, (1913), Testamento del ciego. Siete testigos. Dos lecturas, La Notaría, LV, 1, 6 y sigs.
  • GONZÁLEZ PORRAS, (1987), Comentario de los artículos 697 y 698. Sección: Sección Quinta. Del testamento abierto, Comentarios al Código Civil, Tomo IX, Vol. 1 B, Edersa, Madrid.
  • INCIBE, Tecnologías biométricas aplicadas a la ciberseguridad. Una guía de aproximación para el empresario, https://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=&ved=2ahUKEwiy_N61p4v7AhWRyYUKHTIBBAsQFnoECAgQAQ&url=https%3A%2F%2Fwww.incibe.es%2Fsites%2Fdefault%2Ffiles%2Fcontenidos%2Fguias%2Fdoc%2Fguia_tecnologias_biometricas_apli-cadas_ciberseguridad_metad.pdf&usg=AOvVaw0tcOkWLr6bGfML4yiO033k (visitado en octubre de 2022)
  • LACRUZ BERDEJO y SANCHO REBULLIDA, (1998), Elementos de Derecho Civil, V, Derecho de Sucesiones, Bosch editor, Barcelona, reimpresión de 1992, 233.
  • LASARTE ÁLVAREZ, (2008 y 2009) Principios de Derecho Civil I, Parte General y Derecho de la Persona, Madrid, 15.ª ed.; Principios de Derecho Civil VII, Derecho de Sucesiones, Madrid, 5.ª ed.
  • MARTÍNEZ ESPÍN, (2009), Comentarios a la Sección quinta Del testamento abierto, Comentarios al Código Civil, Bercovitz Rodríguez-Cano (Coord.), Aranzadi-Thomson, Madrid, 3.ª ed., 857 a 867.MORENO FLÓREZ, Comentario de la STS de 8 de septiembre de 2021 (589/2021). Curatela asistencial para una persona con discapacidad psíquica, 186 y sigs. https://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=&ved=2ahUKEwjZwMO2w4v7AhUAhf0HHchDDvUQFnoECDQQAQ&url=https%3A%2F%2Fwww.boe.es%2Fbiblioteca_juridica%2Fcomentarios_sentencias_unifi-cacion_doctrina_civil_y_mercantil%2Fabrir_pdf.php%3Fid%3DCOM-D-2021-8&usg=AOvVaw1LaMikxV_1HGHRoPEMnNW3 (visitado octubre 2022).
  • MORETÓN SANZ, (2010), Discapacidad sensorial y testamento abierto notarial: el testamento de persona ciega como testamento ordinario dotado de mayores garantías, su conciliación con el principio de presunción de capacidad y el de favor testamenti, RCDI, 86, 720, 1848-1864.
  • MORETÓN SANZ, (2022), La familia ante un laberinto de situaciones adjetivas: discapacidad, dependencia, baremos, OMS y CIE-11 (La persona y el nuevo sistema de apoyos a su capacidad jurídica: notas definitorias, claves y soluciones), La Ley Derecho de Familia: Revista jurídica sobre familia y menores, 33, (Ejemplar dedicado a: La humanización de la justicia civil de familia), 163 a 178.
  • MUÑIZ PÉREZ, En busca del paraíso perdido: los paraísos fiscales hoy. Crisis y competitividad hoy, Navarra, 2021.
  • NAGORE YÁRNOZ, (1998), Comentarios a la Sección: Capítulo segundo. De las formas del testamento, Tomo XXXVII-1.º. Leyes 148 a 252 de la Compilación o Fuero Nuevo de Navarra, Edersa, Madrid.
  • PEÑA BERNALDO DE QUIRÓS, (2005), Comentarios a la Sección: Capítulo IV. De la nacionalidad y vecindad civil de la Ley del Registro Civil, artículo 65, Comentarios al Código Civil, Tomo IV, 3, Artículos 40 al final de la Ley del Registro Civil, Madrid, Edersa.
  • ROCA SASTRE, (1995), Derecho de sucesiones I, Barcelona, 2.ª ed.
  • ROCA SASTRE, (1940). Crítica institucional del Código Civil, RDCI, XVI, 148, 497 a 515.
  • ROCA DE LAQUE, (1970), Comentario a la Sentencia de 8 de abril de 1969: Testamento del ciego. Necesidad de la firma en el testamento del ciego. Eficacia de la firma en general. Eficacia en los distintos tipos de testamentos, Revista Jurídica de Cataluña, 69, 2, 301 a 322.
  • SILVERIO SANDOVAL, (1999), El testamento en soporte digital y la firma biométrica, BMJ, LXXIII, sep., 2.222, págs. 3 y sigs.